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Este martes culminó el segundo juicio oral y público que enfrentaba el exintendente de Lambaré Roberto Cárdenas (ANR, Partido Colorado), por usurpación de funciones públicas. Norma Gladys Ruiz Díaz, exsecretaria general de la Municipalidad de Lambaré, también fue condenada en la causa a un año, con suspensión de la ejecución.
El juez Julio López explicó que Cárdenas “se tomó atribuciones que no le corresponden” ya que el mismo firmó un contrato de provisión de alimentos para almuerzos escolares por más de G. 3.000 millones cuando ya había dejado de ser intendente de Lambaré.
El presidente del Tribunal de Sentencia relató que Cárdenas renunció al cargo el 12 de agosto de 2015 y que, dos días después, la Junta Municipal la aceptó.
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Sin embargo, la firma del contrato con la empresa proveedora de alimentos se llevó a cabo el 15 de septiembre, un mes después del cese de sus funciones.
“No condice la fecha del contrato firmado con la fecha de su renuncia. Él no estaba habilitado legalmente para representar a la Municipalidad de Lambaré y para firmar ese documento que estaba obligando a la institución por G. 3.000 y tantos millones. Llegamos a la conclusión de que el documento firmado por él y por la señora Norma Ruiz Díaz, que era la secretaria general, y la empresa privada que ganó la licitación, era irregular”, indicó el magistrado López.
Agregó que Roberto Cárdenas declaró en el caso y que alegó en su defensa que varios políticos quisieron solamente dañar su imagen y reputación.
“Él negó. Alega que firmó el contrato con la empresa ganadora, pero sin fecha, antes de su renuncia. Dijo que fue por un protocolo interno, una burocracia interna de la Municipalidad, que luego de la firma del contrato tiene que pasar a consideración de la Junta y una vez que apruebe la Junta Municipal dice él que se le pone fecha. No se condice eso con el dictamen que emitió la Junta Municipal el 27 de agosto de 2015, unos días después de su renuncia. La Junta Municipal desaprueba la adjudicación que se hizo. En el trabajo de contralor que hizo la Junta no estaba ese contrato, aparece de la nada, luego de su renuncia, eso no se pudo justificar”, dijo el juez Julio López, fundamentando su decisión en el caso.
En cuanto a la defensa de Cárdenas, el juez dijo que la misma alegó que su cliente no es un funcionario público y que por tal motivo no podía ser condenado de acuerdo a la figura impuesta en el caso que es “usurpación de funciones públicas”. El alegato fue rechazado por el Tribunal. “Él estaba cumpliendo una función pública”, dijo López.
Finalmente expresó que para el fallo unánime del Tribunal de dos años con suspensión de la ejecución para Roberto Cárdenas, se tuvo en cuenta varios factores como la participación del ahora condenado durante el proceso. El Ministerio Púbico solicitó dos años y seis meses de pena. La pena máxima era de tres años para la causa.
La Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) investigó el caso y concluyó en que el proceso licitatorio se desarrolló correctamente. Sin embargo, anuló el contrato firmado entre Cárdenas y la proveedora por ser ilegal.
Luego, la propia DNCP autorizó la firma de un nuevo contrato entre el intendente interino que reemplazó a Cárdenas y la empresa proveedora.
La fiscala Teresita Torres dijo a ABC Color que hará una reunión entre los fiscales del caso para definir si apelarán o no la condena al exintedente. A su criterio, la condena de hoy “es razonable”. Al agente también mencionó que aun quedan tres juicios pendientes contra Cárdenas por lesión de confianza.