A partir del 25 de agosto, el CM inscribirá a los interesados en el concurso de terna para la Corte

El Consejo de la Magistratura (CM) publicó el Edicto N° 7 por el cual llama a inscripción de los interesados en participar del concurso para terna de ministro de Corte, por la vacancia producida por el fallecimiento de la ministra Gladys Bareiro de Módica. Los interesados tienen tiempo para inscribirse a partir del miércoles 25 de agosto hasta el jueves 23 de setiembre del corriente año.

Óscar Paciello, representa ante el CM al gremio de abogados.
Óscar Paciello Samaniego, presidente del CM.Archivo, ABC Color

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La recepción de las inscripciones de los postulantes se hará únicamente de manera presencial en el local del Consejo de la Magistratura, ubicado en la Avda. Mcal. López N° 410 y Pa’i Pérez (sede Secretaría General), de lunes a viernes de 8:00 a 14:00, según dispone el edicto correspondiente del llamado a concurso.

Justamente, el Edicto N° 7/21 es difundido por 5 días consecutivos, y se publica los días viernes 20, sábado 21, domingo 22, lunes 23 y martes 24 de agosto. Tras la publicación en dos diarios de gran circulación, al día siguiente, es decir el miércoles 25 de agosto, se iniciarán las inscripciones para que los candidatos a la Corte presenten sus documentos. Este periodo de inscripción es por un mes y se extenderá hasta el 23 de setiembre. El edicto lleva las firmas del presidente del Consejo de la Magistratura, Óscar Paciello Samaniego, y de la secretaria general, Cecilia Martínez.

Requisitos para los interesados

El Reglamento que establece el proceso de selección para el cargo de ministro de la Corte Suprema de Justicia, en su artículo 4, dispone lo siguiente: son requisitos para ser ministro de la Corte Suprema de Justicia, conforme a lo establecido en el artículo 258 de la Constitución Nacional:

1. Nacionalidad paraguaya natural: la que se deberá acreditar con los documentos civiles correspondientes;

2. Edad: de treinta y cinco años como mínimo, que se deberá acreditar con las instrumentales pertinentes;

3. Título de doctor en derecho: otorgado por universidad paraguaya o extranjera debidamente legalizado, homologado y registrado conforme a las leyes de la República;

4. Notoria honorabilidad: Es requisito excluyente, exigido por el artículo 258 de la Constitución Nacional y el artículo 33 de la Ley Nº 296/94; la honorabilidad debe ser pública y notoria, conforme a la evidencia del respeto, consideración y estima que la sociedad o comunidad reconoce en los postulantes, motivados en las cualidades morales y trayectoria profesional.

Para considerarla, el Consejo de la Magistratura utilizará los medios establecidos en el presente reglamento, o cualquier otro medio que considere necesario;

5. Experiencia profesional: de diez años como mínimo, en forma efectiva, en tres posibles áreas profesionales: el ejercicio de la abogacía, el ejercicio de la cátedra universitaria en materia jurídica o el ejercicio de la magistratura;

Este requisito se podrá cumplimentar con cualquiera de las tres actividades, ejercidas en forma conjunta, separada o sucesiva, por el plazo de diez años previsto en el Art. 258 in fine de la Constitución Nacional.

Presentación de documentos

De igual manera, el artículo 9 del Reglamento del concurso también dispone: Los postulantes, al momento de su inscripción al edicto, deberán adjuntar copias autenticadas por escribanía en formato físico y digital de los siguientes documentos:

a) Título de doctor en derecho debidamente registrado y legalizado en el Ministerio de Educación y Ciencias. Los títulos expedidos en el extranjero deberán estar legalizados o apostillados y homologados.

b) Certificado de nacimiento y cédula de identidad civil;

c) Título de abogado debidamente registrado y legalizado en el Ministerio de Educación y Ciencias. Los títulos expedidos en el extranjero, deberán estar legalizados o apostillados, registrados y homologados;

d) Matrícula de abogado (para aquellos que ejercen la profesión);

e) Decreto o resolución de nombramiento en donde conste fecha de juramento (para los magistrados y funcionarios del Poder Judicial, funcionarios del Ministerio Publico, Ministerio de la Defensa Publica y Sindicatura General de Quiebras);

f) Resoluciones o contratos que certifiquen la calidad de docente universitario en materia jurídica, a los efectos de demostrar la antigüedad (para aquellos que ejercen la docencia);

g) Antecedentes judiciales y policiales actualizados;

h) En el caso de ser miembros del sistema de justicia, antecedentes del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados actualizados;

i) Constancia actualizada expedida por la Corte Suprema de Justicia, de no haber sido apercibido ni sancionado (para aquellos funcionarios judiciales y abogados independientes).

j) Copia de la tesis doctoral.

Fallecimiento de la ministra

Sorpresivamente, la ministra de la Corte Suprema de Justicia Gladys Bareiro de Módica falleció el lunes 16 de agosto. El 16 de octubre próximo, la magistrada iba a cumplir 75 años de edad y, según el Art. 261 de la Constitución Nacional, ese día por mandato imperativo Bareiro de Módica tenía que cesar en sus funciones en la alta magistratura.

Bareiro de Módica era miembro natural de la Sala Constitucional de la Corte, junto a sus colegas César Diesel (actual presidente) y el ministro Antonio Fretes.

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