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El presidente de la República, Mario Abdo Benítez, firmó la Ley N° 6789 con fecha del 13 de agosto pasado, según refiere la Gaceta Oficial. El proyecto de ley fue aprobada en el Senado el 15 de junio pasado y sancionado por la Cámara de Diputados el 21 de julio último.
Esta normativa, que presentó el senador Enrique Salyn Buzarquis (PLRA), tiene por objeto establecer sanciones a las empresas del transporte público de Asunción y Área Metropolitana que no cumplan con las leyes vigentes.
La Ley dispone que en el caso de que los propietarios, accionistas o representantes legales de las empresas del transporte público realicen algún tipo de amenaza o extorsión a los órganos del Estado relacionados con la prestación de sus servicios, ya sea por cualquier medio, será considerado como delito y sancionado de seis meses a cinco años de pena privativa de libertad o multa.
La normativa promulgada refiere que la denuncia podrá ser presentada ante el Ministerio Público por cualquier ciudadano que tenga conocimiento del hecho. Además, la empresa que deje de prestar sus servicios en forma regular y no lo regularice en un periodo de 24 horas, será cancelada y perderá su licencia, y su itinerario volverá a ser licitado.
Las que realicen o amenacen con reguladas en épocas de pandemia o emergencia declarada en el área donde prestan servicios, además de cancelarse su licencia y su itinerario, tendrá prohibido solicitar nueva licencia e itinerario por un plazo de 10 años.
Reglamentación
La aplicación de esta normativa se deberá establecer en un decreto reglamentario. Además, la normativa afectará solamente a las empresas de transporte permisionarias del Viceministerio del Transporte, de Asunción y del área metropolitana y será esta institución la que deberá velar por su cumplimiento.
Si bien se pretende considerar como hecho punible de coacción y perturbación de servicios las reguladas, esto todavía debe definirse. La normativa deberá reglamentarse si es promulgada, y hay varias figuras legales que se pueden usar para aplicar las sanciones.