Fallo en el caso Detave debe ser recurrido ante la Corte, según Giuzzio

El ministro del Interior, Arnaldo Giuzzio, aseguró que la resolución del Tribunal de Apelación, que anuló la audiencia preliminar y excluyó pruebas claves contra los acusados del caso Detave, podría ser calificada de “arbitraria”. Indicó que el Ministerio Público debe accionar en contra de la decisión ante la máxima instancia judicial.

Arnaldo Giuzzio habló de las carencias que se tienen en la Senad a nivel de recursos humanos y estructura.
Arnaldo Giuzzio, ministro del Interior.Edgardo Romero

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“Me parece sumamente extraña la decisión, no voy a ocultar mi pesar”, expresó el ministro del Interior, Arnaldo Giuzzio, con respecto al fallo del Tribunal de Apelación, integrado por los camaristas Emiliano Rolón, Óscar Rodríguez Kennedy y Cristóbal Sánchez, que anuló la audiencia preliminar del exdirector del Departamento Técnico Aduanero de Vigilancia Especializada (Detave) y exjefe de la Fuerza de Tarea Conjunta, general (SR) Ramón Ernesto Benítez Amarilla, y a otros acusados por cohecho pasivo agravado (coima), asociación criminal y contrabando.

En charla con ABC Color, el secretario de Estado resaltó que la Fiscalía debe hacer todo lo posible para restaurar todos los elementos probatorios anulados por el Tribunal de Apelaciones, ya que -a su criterio- no tiene sentido volver a hacer otra audiencia preliminar sin esas evidencias en contra de los acusados.

Giuzzio agregó que, si bien quedan las testimoniales de las personas que dieron la información y de los agentes que participaron de la investigación, para el Juzgado de Garantías sería confrontar la palabra de los uniformados contra la de los presuntos autores de los hechos investigados.

En consecuencia, y recordando su época de agente fiscal, el ministro del Interior afirmó que optaría por una acción de inconstitucionalidad, teniendo en cuenta que se está privando al Ministerio Público de un elemento, de una prueba a la que se debe recurrir, ya que sin ese elemento no va a poder cumplir con su mandato constitucional de probar los hechos acusados.

Se refirió también a la labor investigativa del entonces fiscal René Fernández e indicó que, atendiendo a la seriedad que siempre caracterizó al actual ministro Anticorrupción en su trabajo como agente del Ministerio Público, no cree que haya cometido errores que posibiliten la anulación de las pruebas.

“Todos los audios, las imágenes, los seguimientos, todo se hizo con autorización del juez de la causa. No puedo encontrar el elemento que los camaristas hayan considerado como fundamental para tomar la decisión de anular las grabaciones de conversaciones telefónicas”, expresó el ministro del Interior.

En cuanto a la investigación realizada por agentes de la Secretaría Nacional Antidrogas, Giuzzio puntualizó que en todos los casos se hacen con tecnología, con la previa autorización de un juez, quien es el que autoriza las grabaciones y/o filmaciones que posteriormente se presentan como elementos probatorios.

Admitió que le cuesta entender e interpretar el fundamento de los camaristas, pues considera que “a prima facie, y si es de acuerdo a lo que se publica, para mí es un fallo que no tiene asidero legal, hasta puede ser arbitrario”.

No obstante, Giuzzio aclaró que para el fallo del Tribunal de Apelaciones es un antecedente.

“Yo no creo que esto llegue a convertirse en un precedente, en una jurisprudencia”, finalizó.

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