Ley de financiamiento político no permite al TSJE aplicar multas a candidatos con irregularidades

El director de Financiamiento Político del TSJE, Daniel Echagüe, afirmó que la ley no les permite aplicar sanción alguna a los candidatos cuya rendición de cuentas sobre las internas presenten irregularidades, ya que tal atribución solo la tiene el partido político en cuestión. En ese sentido, afirmó que se deberían realizar modificaciones a la normativa para poder ejercer los castigos y además para que estos sean más severos.

Materiales electorales siendo preparados para el traslado durante las internas partidarias del pasado junio.
Materiales electorales siendo preparados para el traslado durante las internas partidarias del pasado junio.Gentileza TSJE

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Desde el Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) informaron que alrededor de 360 precandidatos colorados que se presentaron para la interna partidaria no cuentan con documentos respaldatorios en sus informes de campaña.

En conversación con ABC Color, Echagüe afirmó que la ley de financiamiento político no les permite aplicar sanción alguna a estos precandidatos irregulares, en el marco de las elecciones internas. Afirmó que tal atribución solo está contemplada para el partido político en cuestión, que deberá ser el que aplique eventuales castigos.

“En las internas partidarias no tenemos potestad de multas. La ley no nos da atribuciones a nosotros. El partido político es el que debe multar a afiliados”, sostuvo.

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En ese contexto, aseveró que se debería plantear una modificación de la ley de financiamiento político para otorgar al TSJE la atribución de aplicar sanciones a quienes sean irregulares en sus rendiciones, en el marco de las internas. También indicó que se tendría que establecer castigos más severos, atendiendo a que solo se puede aplicar una multa de G. 25.000.000 aproximadamente por tal irregularidad. “La multa que se estableció por la no presentación de esos documentación (rendición de cuentas) es de G. 25.000.000. Se debería plantear una modificación a esta ley”, declaró.

Un “progreso” en los controles

El funcionario del TSJE, sin embargo, señaló que existe un “progreso” en cuanto a los controles del financiamiento político con respecto a las campañas electorales. Afirmó que, pese a que no se puede aplicar una sanción, las verificaciones se realizan en las internas partidarias.

Según explicó, el proceso de control establece que un candidato debe presentar una declaración jurada al inicio de la campaña política y, tras la finalización del proceso electoral, una rendición de cuentas sobre el financiamiento con los documentos respaldatorios correspondientes.

Agregó que en la presentación de estas diligencias se pueden dar “alertas” con respecto a financiamientos que son -cuando menos- llamativos. Así también, comentó que el control se realiza de acuerdo al sitio, atendiendo a que hay zonas de mayor riesgo.

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Igualmente, señaló que un caso de sospecha de lavado de dinero se remite a la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes (Seprelad) para las investigaciones correspondientes. “Se ve lo que se declaró, la capacidad contributiva y luego se hace el reporte de operaciones sospechosas”, mencionó.

Con respecto a la situación de Óscar González Chaves, candidato a concejal de Luque condenado en primera instancia a no ejercer ninguna cargo público por 7 años, indicó que los controles de su campaña se realizan en referencia a su rendición de cuentas en las generales. Acotó que si se detecta alguna irregularidad se elevará un informe.

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