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Luego de casi 24 horas de deliberación el Tribunal de Sentencia especializado en delitos económicos, integrado por los jueces Yolanda Portillo, Yolanda Morel y Jesús Riera, condenó este jueves a Óscar González Daher a 7 años de pena privativa de libertad, por enriquecimiento ilícito y declaración falsa; y su hijo Óscar Rubén González Chaves a 8 años de cárcel, por enriquecimiento ilícito, declaración falsa y lavado de dinero.
Al inicio de la lectura de la sentencia, el juez Jesús Riera resaltó que el juicio oral, que inició el lunes 15 de febrero pasado y se extendió por casi seis meses, fue muy vasto, complejo, con mucha carga documental y con numerosas evidencias, teniendo en cuenta que las partes presentaron muchísimas evidencias, entre ellas 78 tomos de prueba documental del Ministerio Público, más de 50 testigos, periciales varias y dos pericias contables.
“Ha habido mucha información de las pruebas documentales que no nos ha servido, que ha sido inconducente, que fue duplicada, entonces ha obligado al tribunal a escarbar mucho más para llegar a la verdad real que es el Norte que nosotros tenemos como procedimiento penal”, resaltó el magistrado.
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Agregó que para elaborar la sentencia, al tribunal le sirvió mucho la parte documental que se refiere a todo lo relacionado con la Secretaría de Estado de Tributación, lo que es la parte contable y las escrituras públicas varias, no solo aquellas que hacen a los inmuebles de la parte de la defensa sino también a actos procesales varios.
Testigos en común, son los que aportaron
Riera cuestionó también los testigos que fueron propuestos por los fiscales Liliana Alcaraz y Francisco Cabrera, y aseguró que “no aportaron mucha información” y que la cosa cambió un poco con las declaraciones de los testigos que la fiscalía tuvo en común con la defensa, ya que según indicó, sus testimonios sí sostienen la sentencia.
Siguiendo con los testigos, el magistrado recordó que el Tribunal de Sentencia hizo uso de su medida de mejor proveer y convocó a ocho testigos más, que a su criterio tendrían que haber estado desde el principio; entre ellos Robert Blanco, Soledad Alfonso, Ramiro Villate, Nelly Colarte, Óscar Carreras y Fernando Talavera.
Pericia de la fiscalía fue la mejor
En cuanto a las pericias producidas como prueba en el juicio oral, el juez indicó que a criterio del Tribunal de Sentencia la realizada por la Lic. Elizabeth Benítez, perito del Ministerio Público, fue la más precisa, concreta y detallista. Añadió la profesional utilizó mucho los documentos que podían sostener sus afirmaciones.
En contrapartida, la pericia contable de la defensa ha sido más amplia, más general, vaga en muchos aspectos y utilizó mucho la subjetividad. “Hemos preferido la pericia de la fiscalía, pero no se descartamos totalmente el análisis de la defensa, pese a los errores que hemos detectado en el desarrollo del juicio oral”, puntualizó Riera.
El magistrado aseguró que la defensa de Óscar González Daher y su hijo ha rebajado mucho la pericia de la fiscalía, pero indicó que la pericia de la defensa no estuvo por encima de ella, en cuanto a calidad del trabajo. En ese sentido, aclaró que todos los errores que ha descubierto la defensa han sido puestos a favor de los acusados.
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“Nos hemos desprendido mucho de las evidencias que no han dado las partes y hemos hecho nuestro propio trabajo porque queríamos llegar a la verdad real, se nos debería haber presentado bien el trabajo”, enfatizó el integrante del Tribunal de Sentencia.
Rechazó incidente de la defensa
Sobre el rechazo del incidente de nulidad planteado por la defensa en relación a la pericia contable del Ministerio Pública, Riera explicó que el tribunal consideró que el trabajo es válido, ya que fue realizado por la Lic. Elizabeth Benítez y solo recibió una ayuda material por parte del funcionario de la Secretaría de Prevención del Lavado de Dinero (Seprelad), José Armoa.
El abogado Claudio Lovera había argumentado el incidente de nulidad afirmando que fue Armoa el que se encargó de hacer la pericia, sin haber tomado intervención para ese efecto, y que la Lic. Elizabeth Benítez solo se encargó de presentar el análisis en el juicio oral y público.