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En la sesión extraordinaria desarrollada ayer, la consejera representante del Poder Ejecutivo, Mónica Seifart, fue quien propuso la eliminación de la última parte del artículo 50 del reglamento. Argumentó que no es potestad del Consejo de la Magistratura realizar el control de originalidad de las tesis doctorales, ya que las mismas fueron aprobadas por las instituciones que están habilitadas para el efecto.
El artículo 50 del reglamento estaba redactado de la siguiente manera, en el capítulo denominado Evaluación Cualitativa Integral:
Artículo 50. En esta etapa, el perfil de cada postulante será objeto de una evaluación integral por el Consejo de la Magistratura, a partir del análisis y deliberación de los resultados de las etapas anteriores de evaluación, en las que serán consideradas, además, aspectos referentes a la calidad de su trayectoria y desempeño profesional y del reconocimiento social que ostenta, tanto en la actividad pública como privada, como así también el resultado del análisis de originalidad de la tesis doctoral.
El Consejo podrá realizar convenios o acuerdos con universidades que cuenten con el sistema informático que verifica la originalidad de las tesis, a los efectos de utilizar dicho sistema.
*) Toda la parte subrayada de amarillo en el artículo 50, es la que se excluyó del reglamento.
Los consejeros Oscar Paciello (presidente del CM), el representante de la Universidad Nacional José Raúl Torres Kirmser (vicepresidente), el representante de las universidades privadas, Cristhian Kriskovich, el diputado colorado Roberto Eudez González, el senador del PDC Pedro Santa Cruz, el ministro de Corte Eugenio Jiménez Rolón y Mónica Seifart, votaron por la eliminación de la última parte del artículo 50.
No obstante, las tesis doctorales van a ser publicadas en el portal digital del Consejo de la Magistratura para que esté a consideración de la ciudadanía. En caso de que haya denuncia de presunto plagio, el CM deberá elevar dicha denuncia a los órganos competentes.
El representante de los gremios de abogados Jorge Bogarín Alfonso, se quedó solo con su oposición de mantener el artículo 50. Argumentó que este concurso para ministro de Corte es el único que requiere el título de doctor en derecho y que por ello era indispensable el control de las tesis doctoral por parte del Consejo de la Magistratura.
El reglamento ya aprobado con sus modificaciones se pondrá a consideración en la próxima sesión plenaria del lunes. Los miembros del Consejo siguen demorando de forma inexplicable el llamado a concurso por la vacancia que se producirá en la Corte.
Próxima vacancia de ministra
La ministra de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, Gladys Bareiro de Módica, se rretirará el 16 de octubre de 2021 cuando ese día cumpla 75 años de edad. Según lo que dispone el artículo 261 de la Constitución Nacional, la magistratura solo puede ser ejercida hasta cumplir esa edad, tras lo cual el magistrado debe jubilarse de forma indefectible.
De forma no justificada el Consejo de la Magistratura viene retrasando el inicio del proceso de conformación de terna para ministro de Corte. Para los demás casos de integración de terna el CM inició el llamado con por lo menos 90 días de antelación a las salida de los altos magistrados, situación que no se da ahora.