Cargando...
El director jurídico de la comuna asuncena, Benito Torres, indicó que por iniciativa del entonces intendente Óscar “Nenecho” Rodríguez, se promovió la acción de inconstitucionalidad presentada días atrás ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ), con el objetivo de que analice sus argumentos por los cuales considera que no corresponde la vigencia de la Resolución N° 34/2020 de Conajzar, presidida por José Antonio Ortíz. Siguiendo en la misma línea, se comunicó al Ministerio Público dicha acción para que, si lo considera pertinente, investigue de oficio este caso. Las decisión fue comunicada también a Conajzar, indicó el representante de la comuna.
Lea más: Senado advierte que Conajzar legaliza tragamonedas "mau"
Torres precisó que luego de un análisis jurídico, concluyó que se plantea una confusión del concepto de modalidades o formas de juegos de azar para “legalizar” la explotación de tragamonedas en sitios diferentes a las salas exclusivas de juegos de azar. “La Conajzar se basa en el Decreto N° 6206/99, documento que se refiere a la dinámica de implementación tecnológica para la realización de apuestas y no de dónde se apuesta, sino del cómo”, explicó.
Agregó que la explotación de máquinas ya es una modalidad prevista en la ley N° 1016/97 de los Juegos de Azar, la misma que reconoce la autonomía municipal, porque la habilitación de locales de juegos de azar y el cobro de canon es competencia de los municipios. “Consideramos la Resolución n° 34/2020 a todas luces contrapuesta al espíritu del Decreto 6206/99, pues en vez de combatir la ludopatía lo que hace es habilitar lugares donde no estaban permitidos los juegos de azar”, aseguró.
También cuestionó la adjudicación, que se realizó en contra de su normativa, ya que es un contrato directo, sin concurso, “incentivando la ludopatía y constituyendo una competencia desleal a las operadores constituidas en locales de juegos de azar”.
Dijo además que los efectos de la resolución se podrían considerar apropiación de ingresos municipales, ya que es competencia comunal dictar y ejecutar ordenanzas, incluyendo los juegos de azar, y no corresponde aplicar una “falsa premisa de nueva modalidad”.
A principios de este año, la empresa iCrop SA, representada por Ariel Peña Flores, inició sus actividades de “legalización” de las máquinas tragamonedas, contratada de forma directa y sin concurso por Conajzar.
Lea más: Contrato de tragamonedas confirma entreguismo de Conajzar a iCrop SA
La empresa tiene la potestad de censar, catastrar y explotar tragamonedas, es decir, es juez y parte en la “regularización” de unos 50.000 aparatos estimados. Por la gestiones iCrop cobra al mes entre G. 300.000 y G. 450.000, por máquina y de ese monto, sólo G. 88.051 corresponde al canon que irá a las arcas del Estado. Un negocio de US$ 2,1 millones mensual.
El acuerdo entre iCrop y Conajzar es cuestionado por diversos sectores ya que no existe causal de rescisión de contrato, pese a que la firma viola las reglas de habilitar sólo tres máquinas por comercio y que no se encuentre al alcance de los niños. Se reportaron casos del uso de la fuerza pública para amenazar a los comerciantes explotadores de las máquinas tragamonedas para que cumplan con el pago mensual del canon.