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La Cámara Baja aplazó el estudio del proyecto de ley que declara emergencia nacional ante los casos de feminicidios. El tema debía tratarse el pasado miércoles durante la sesión ordinaria de la Cámara de Diputados, pero a pedido de la diputada nacional Rocío Abed de Zacarías, presidenta de la Comisión de Equidad Social y Género, se aplazó su tratamiento para la próxima sesión (fin del periodo para sanción ficta).
El argumento del pedido fue porque la Mesa Interinstitucional de Prevención (PREVIM), pidió esperar la respuesta del Ministerio de Hacienda que debe determinar un presupuesto para las medidas contempladas en el proyecto de ley. Entre sus principales puntos, la normativa establece la instalación de políticas y servicios de emergencia en el marco de la situación de la pandemia por el covid 19 para mujeres víctimas de violencia.
El objetivo es “reducir el número de mujeres víctimas de feminicidio; y prevenir, atender y proteger a las mujeres contra toda forma de violencia” (artículo 1 del proyecto de ley). Myrian González, investigadora social y directora del Centro de Documentación y Estudios (CDE), analiza la propuesta.
-¿Cuál es su opinión respecto a esta propuesta de ley?
-Las medidas establecidas en el proyecto de ley pueden ser importantes para el cumplimiento del objetivo, que es disminuir los feminicidios y los casos de violencia contra la mujer, Se constituye en un complemento relevante para la Ley 5777 De protección integral a las mujeres ya vigente desde 2016. Según el proyecto de ley, las medidas “son de carácter urgente y suficientes para prevenir riesgos en la vida, la integridad física y psicológica de las mujeres víctimas de violencia; para la intervención, y articulación en forma inmediata de acciones…” (artículo 4 del proyecto de ley).
- El tema es la financiación
-Para dar cumplimiento cabal a las disposiciones establecidas en la ley, en caso de ser sancionada por el Congreso y promulgada por el Poder Ejecutivo, se precisa de un presupuesto propio y específico. Si no hay recursos económicos, si no personal público suficiente que se ocupe específicamente de atender los casos, y si no se extienden los servicios al interior del país, y como dice la ley, en aquellas zonas con mayor índice de feminicidios, esta nueva ley pasará a engrosar la lista de normativas que existen pero no se cumplen a cabalidad, por falta de presupuestos pero también porque aún no está firmemente arraigada en las instituciones públicas y en gran parte de la sociedad, que la violencia contra la mujer y el feminicidio, como su máxima y última expresión, son consecuencia de la histórica discriminación y desigualdad de género que sufren mujeres y niñas.
-Nuevamente se vuelve al principio del debate que la sola ley no basta para combatir la violencia.
-Así mismo. La ley sola no basta, efectivamente en Paraguay el principal problema para combatir la violencia de género no es la falta de leyes, sino el incumplimiento. Quizá si hubiera habido suficiente presupuesto para implementar todas las políticas, programas, medidas y servicios que ya están establecidas en la Ley 5777, no hubiera sido necesaria precisamente una ley de emergencia.
- Como otras carencias.
-También hace falta reforzar el acceso de las mujeres a la justicia. Si la justicia sancionara la violencia contra la mujer en tantos casos (por ejemplo el caso de Alexa) quizá podrían ir disminuyendo los altos números de denuncias de violencia familiar que registra el Ministerio Público. Muchas veces, las mujeres denuncian, pero la justicia es muda, sorda y ciega a sus reclamos. En 2020 hubo casi 70 denuncias de violencia familiar por día.
-Y más en tiempos de covid.
-La pandemia del covid exige medidas urgentes desde hace más de un año. Y efectivamente las mujeres que sufren violencia familiar están más sometidas y en mayor peligro en pandemia, pero no olvidemos que la violencia contra las mujeres ha sido y es desde hace mucho tiempo, también una pandemia por culpa de esa cultura machista y patriarcal todavía fuertemente arraigada.