Cargando...
García mencionó que lo ocurrido con la web del Partido Colorado da un buen motivo para avanzar con la Ley de Protección de Datos Personales presentada en Diputados y trabajada por una coalición expertos en el área tanto del ámbito público como privado. “Urge protección de datos laborales, de salud, de nuestros celulares... todo”, escribió el legislador en su cuenta de Twitter.
Lea más: Piden que Fiscalía investigue de oficio la afiliación masiva de la ANR
Indicó que el proyecto de ley busca es proteger el manejo que se le da a la base de datos personales y que la norma también establece sanciones en caso de su incumplimiento.
Lea más: Reestablecen web de ANR sin “afiliados fantasma”; sepa qué hacer si sigue figurando
“Las sanciones aplican a organizaciones, empresas, instituciones públicas, a personas que hacen mal manejo de los datos de los cuales disponen. Es decir, vos tenés una base de datos y no podes repartir a mansalva o darle la atribución que quieras a cualquier base de datos, sobre todo atendiendo que en este caso de cierta manera se vincula a una persona con una afiliación política. El mal uso es el que está contemplado en el proyecto”, mencionó.
El artículo 69 del proyecto de ley señala que el titular de los datos o su representante legal puede iniciar una reclamación ante la autoridad de control para hacer efectivos sus derechos, así como recurrir a la tutela judicial para ser indemnizado cuando hubiere sufrido daños y perjuicios, como consecuencia de una violación de su derecho a la protección de datos personales conforme a las normas establecidas en la presente ley.
Lea más: Ministro de la Corte solicitó a Alliana su inmediata exclusión de la lista de afiliados a la ANR
Falta grave
Entre algunas de las múltiples faltas y sanciones, el proyecto de ley considera falta grave la utilización de los datos para una finalidad que no sea compatible con el propósito para el cual fueron recogidos, sin contar con el consentimiento del afectado o con una base legal para ello.
Para este tipo de faltas se fija multa de hasta 35.000 jornales mínimos (G. 3.081 millones) para actividades diversas no especificadas en la República del Paraguay y la suspensión para el funcionamiento de la base de datos de uno a seis meses. En caso de reincidencia, podrá decretarse la clausura de la base de datos, sin perjuicio de la aplicación de una nueva multa.