Sancionan ley que obliga al Ministerio de Salud a publicar su stock de vacunas anticovid

La Cámara de Diputados aprobó y remitió al Poder Ejecutivo un proyecto de ley que obliga al Ministerio de Salud a publicar en tiempo real el stock de vacunas anticovid y medicamentos. La norma también alcanza al Instituto de Previsión Social (IPS).

Diputados de Colorado Añetete conversan en la sala de sesiones. Archivo.
Diputados de Colorado Añetete conversan en la sala de sesiones. Archivo.Gustavo Machado

Cargando...

El proyecto de ley busca transparentar el manejo que tienen el Ministerio de Salud y el Instituto de Previsión Social (IPS) sobre el stock de medicamentos y vacunas. El Poder Ejecutivo ahora debe resolver si promulga o veta la ley.

La norma obliga a Salud y al lPS a publicar en red y actualizar permanentemente en su página web u otra plataforma tecnológica el stock de medicamentos con que se cuenta en dichas instituciones, para el control en tiempo real con acceso a todos los ciudadanos a través de una aplicación de internet.

Específicamente al Ministerio de Salud Pública se le obliga a publicar en red y actualizar permanentemente en su página web u otra plataforma tecnológica la disponibilidad y registro nominal de vacunas contra el covid-19 en todo el sistema nacional de salud.

Se determina como autoridad de aplicación al Ministerio de Salud, como entidad rectora del Sistema Nacional de Información en Salud (Sinais). Asimismo, la autoridad de aplicación definirá las funciones de gobernanza de datos y establecerá las normas, procedimientos y otras disposiciones necesarias para la interoperabilidad y la calidad de los datos.

Tanto Salud como el IPS brindarán toda la información con respecto a los medicamentos con que se cuenta en stock en cada hospital, de manera a que el ciudadano acceda a la información oficial, en tiempo real y en base a ella conozca cuáles son los establecimientos sanitarios en los que hay en existencia la medicina requerida y disponibles para los pacientes.

Vacunados en el exterior deberán informar al Ministerio de Salud

De acuerdo a la normativa, el Ministerio de Salud brindará toda la información actualizada diariamente con respecto a la cantidad de vacunas disponibles contra el covid-19, la distribución de estas, la cantidad de personas inmunizadas con primera dosis y dosis completa.

La ley dispone que haya una plataforma de acceso al registro nominal de las personas inmunizadas contra el covid-19. Quienes han recibido vacunas en el exterior deberán informar al Ministerio de Salud, en el plazo y forma establecida en la reglamentación.
La ley dispone que haya una plataforma de acceso al registro nominal de las personas inmunizadas contra el covid-19. Quienes han recibido vacunas en el exterior deberán informar al Ministerio de Salud, en el plazo y forma establecida en la reglamentación.

Esta información deberá estar desagregada por tipo de vacunas, por región sanitaria, por establecimiento, por edad, sexo y otras características que la autoridad de aplicación considere pertinente.

Se dispondrá en la plataforma el acceso al registro nominal de las personas inmunizadas contra el covid-19. Las personas que han recibido vacunas en el exterior deberán informar al Ministerio de Salud, en el plazo y forma establecida en la reglamentación.

Sanciones

En caso de incumplimiento de la ley, representará una falta grave y el funcionario responsable deberá ser sancionado conforme a las leyes vigentes. La reincidencia será sancionada con la destitución y la prohibición de ejercer cargos públicos por cinco años.

Tanto el Ministerio de Salud como el IPS serán “juez y parte”. La norma les da la tarea de ser responsables directos de dar cumplimiento a dicha ley, con el apoyo del Ministerio de Tecnologías de la información y Comunicación (Mitic), que también deberá publicar y actualizar en tiempo real la misma información proveída por ambas instituciones.

El Ejecutivo tendrá un plazo de 10 días para reglamentar la ley.

Enlance copiado
Content ...
Cargando...Cargando ...