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El representante legal de navieros marítimos informó que presentaron esta semana una nueva acción de inconstitucionalidad para dejar sin efecto la medida cautelar planteada por representantes del IPS contra el fallo de la Corte Suprema, dictado en el 2016 y que autoriza al cobro de la jubilación por la totalidad de los sueldos que cobraban durante sus años activos.
“Esa medida cautelar queda suspendida al presentarse la acción de inconstitucionalidad, lo dice el artículo 559 del Código Procesal Civil”, manifestó, y aseguró que los navieros ahora ya podrán percibir la totalidad de sus aportes.
“Lo que vamos a hacer, de acuerdo a la situación de cada uno de los navieros, es solicitar al IPS el pago según lo dispone el acuerdo de sentencia del 2016”, añadió.
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En ese sentido, el abogado afirmó que si la previsional se niega, se expone a otros juicios. “Estamos viendo la posibilidad de plantear una demanda de desacato, en lo penal, o una ejecución de sentencia en lo civil”, consideró.
“Lo que pasa es que cuando hay una resolución judicial, como la que establece la Corte Suprema de Justicia y el IPS no acata, entonces no hay otro camino que la ejecución de sentencia para que un juzgado obligue al IPS, por intermedio inclusive de un embargo, a pagar el monto respectivo”, enfatizó.
Consideró que ello generaría al IPS un gasto extra, pues la previsional tendrá que correr con los intereses correspondientes, cubrir los gastos del juicio y también los honorarios profesionales.
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Finalmente, el representante legal de los 126 navieros que presentaron la acción de inconstitucionalidad para cobrar sus haberes jubilatorios sobre el total de sus aportes, dijo que actualmente solo 9 de ellos se encuentran jubilados, según el reporte del periodista de ABC Claudio Genes.
Cabe mencionar que el marco legal del IPS establece que nadie puede cobrar como haber jubilatorio montos que superen los diez salarios mínimos (alrededor de G. 22 millones). Sin embargo, los navieros cobran aproximadamente G. 50 millones, un monto que excede por completo el tope previsto por ley y que según los directivos de la institución, acabaría rápidamente con la caja de jubilaciones.