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El martes de la semana pasada, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia rechazó la impugnación planteada por el camarista Gustavo Santander Dans y confirmó al magistrado como miembro del Tribunal de Apelación de la causa conocida como “caseros de oro”.
Tras ser notificado de la decisión de la máxima instancia judicial, el abogado Federico Huttemann, defensor del diputado colorado Tomás Rivas, presentó el viernes una recusación contra el camarista Gustavo Santander Dans, quien había impugnado la inhibición de su colega Gustavo Ocampos González, también recusado por la defensa del parlamentario acusado de estafa.
Huttemann argumenta que la imparcialidad del camarista está en duda, teniendo en cuenta que el mismo “exteriorizó una circunstancia subjetiva” hacia su labor profesional en otra causa donde también está como defensor. “Manifestó en su voto como tema central, que supuestamente se estaba abriendo un escenario nuevo como una conducta ‘nefasta y perversa’, refiriéndose con semejante vocabulario hacia esta defensa técnica solamente porque fui en búsqueda de justicia, lo que demuestra su absoluto desprecio hacia mi actividad como profesional”, señala el profesional en su escrito de recusación.
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Ante el recurso planteado, Santander Dans realizó un informe y remitió el caso a la Sala Penal de la CSJ, que nuevamente debe analizar si hace lugar a la recusación o confirma al camarista como miembro del Tribunal de Apelación.
Juez elevó la causa a juicio oral
La apelación que planteó la defensa del parlamentario cartista es contra la resolución del juez Raúl Florentín, quien el 2 de diciembre de 2020 rechazó los incidentes planteados por la defensa y elevó a juicio oral y público la causa que el legislador afronta por supuesta estafa en el caso de sus “caseros de oro”.
Si el Tribunal de Apelación confirma el fallo del Juzgado de Garantías, una vez que baje el expediente debe sortearse el Tribunal de Sentencia que tendrá a su cargo el juicio oral y posteriormente se tendrá que fijar fecha para iniciar el juzgamiento de la causa.
El Ministerio Público había acusado a Tomás Rivas por estafa, en calidad de autor y cobro indebido de honorarios en carácter de cómplice de sus caseros Reinaldo Chaparro, Lucio Romero Caballero y Nery Franco González, quienes a fines de agosto fueron condenados, pero solo por estafa.
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En consecuencia, el juez Raúl Florentín decidió que el diputado cartista sea juzgado solo por el delito de estafa, con el argumento de que la acusación del Ministerio Público por cobro indebido de honorarios fue en carácter de cómplice y, teniendo en cuenta que los tres acusados como autores del referido hecho punible terminaron absueltos, no tiene sentido seguir un proceso penal en calidad de cómplice.