“Caseros de oro” de Tomás Rivas zafan de la cárcel con nueva condena

Un tribunal de sentencia condenó a dos años de prisión, pero con suspensión a prueba de la ejecución de la pena, a Lucio Romero Caballero, Nery Franco González y Reinaldo Chaparro. Pese a ser declarados culpables del hecho punible de estafa, los conocidos como “caseros de oro” del diputado cartista Tomás Rivas no irán a la cárcel.

Los “caseros de oro” del acusado diputado Tomás Rivas (ANR, cartista) no afrontaron ayer el juicio oral porque el tribunal decidió suspenderlo debido a la emergencia sanitaria por el covid-19.
Los “caseros de oro” del acusado diputado Tomás Rivas (ANR, cartista) fueron condenados por estafa, pero no irán a la cárcel.Archivo, ABC Color

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El tribunal integrado por los jueces Inés Galarza (presidenta), Víctor Medina y Olga Ruiz, dictó hoy la sentencia que beneficia a los “caseros de oro” de Rivas, teniendo en cuenta que el fiscal Luis Piñánez solicitó que Nery Franco González y Reinaldo Chaparro sean condenados a 4 años y medio de prisión; y Lucio Romero Caballero a 4 años de pena privativa de libertad.

El juez Víctor Medina explicó que el tribunal tuvo en cuenta la prohibición de la reforma en perjuicio y que no se puede establecer una pena mayor a la dictada en el primer juicio oral de la causa. Agregó que solo la defensa había presentado apelación contra esa sentencia y la nueva pena no puede agravar la sanción anulada.

Por su parte Piñánez manifestó que la Cámara de Apelaciones anuló ese primer juicio en cuanto a la pena dictada, “por ese motivo considero que la condenas para los tres acusados podían ser mayores y en consecuencia solicité más años de pena privativa de libertad, pero el Tribunal de Sentencia tuvo otra postura”, resaltó.

El agente del Ministerio Público informó que esperará el documento íntegro de la sentencia, que se entegrá a las partes el lunes 5 de julio a las 13:00; para analizar los argumentos del tribunal y posteriormente decidirá si presenta apelación contra el fallo.

Culpables de estafa

El 28 de agosto de 2020 los caseros del parlamentario colorado fueron condenados por el hecho punible de estafa, por el tribunal presidido por el juez Carlos Hermosilla e integrado por sus colegas Héctor Escobar y Wilfrido Peralta.

Sin embargo, en diciembre pasado los camaristas Arnulfo Arias, Emiliano Rolón Fernández, y Óscar Rodríguez Kennedy, integrantes del tribunal de apelación cuarta sala, anularon parcialmente la sentencia argumentando que los jueces no fundamentaron por qué Chaparro Penayo fue condenado a 3 años de cárcel y los otros dos procesados solo a dos años y seis meses, atendiendo que todos cometieron el mismo hecho punible.

En el juicio oral realizado el año pasado, quedó probado que los tres encausados tenían que cumplir un horario de 7:30 hasta las 15:30, de lunes a viernes, y debían estar en la Cámara de Diputados el tiempo que el diputado colorado Tomás Rivas estuviese en el Legislativo.

Sin embargo entre el 1 de julio del 2016 y el 28 de febrero de 2017, pese a marcar asistencia en la planilla, cumplían labores en las viviendas del diputado Rivas.

Chicanas impiden inicio de juicio oral

El 2 de diciembre de 2020 el juez Raúl Florentín elevó a juicio oral y público la causa que el diputado cartista Tomás Rivas afronta por supuesta estafa en el caso de sus “caseros de oro”. Sin embargo, la defensa del legislador presentó apelación contra la resolución del magistrado y hasta la fecha la chicana sigue pendiente de resolución en la Cámara de Apelaciones, debido a varias recusaciones que planteó la defensa.

Diputado Tomás Fidelino Rivas (ANR -  Honor Colorado), acusado de estafa por el caso de sus “caseros de oro”.
Diputado Tomás Fidelino Rivas (ANR - Honor Colorado), acusado de estafa por el caso de sus “caseros de oro”.

La Fiscalía había acusado a Tomás Rivas por estafa, en calidad de autor, y cobro indebido de honorarios en carácter de cómplice de sus caseros; Reinaldo Chaparro, Lucio Romero Caballero y Nery Franco González, quienes a fines de agosto fueron condenados a 3 años y 2 años y medio, respectivamente, pero solo por estafa.

Atendiendo dicho fallo, el juez Raúl Florentín decidió que el diputado cartista sea juzgado solo por el delito de estafa, con el argumento de que la acusación del Ministerio Público por cobro indebido de honorarios fue en carácter de cómplice y, teniendo en cuenta que los tres acusados como autores del hecho punible terminaron absueltos, no tiene sentido seguir un proceso penal en calidad de cómplice.

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