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Con el esquema jubilatorio actual, el Instituto de Previsión Social (IPS) garantiza cubrir aproximadamente unos 25 años más, sin entrar en déficit. Es decir, que en el 2045 empezarían los desequilibrios financieros, de cuerdo con los cálculos actuariales realizados por la institución (ver infografía). Lo que ocurrirá, sino se hacen las reformas necesarias al sistema actual, es que con estas sentencias de la Corte y de quedar firme, se va acelerar el déficit en el fondo de pensiones, advirtió Pedro Halley, gerente de prestaciones económicas de la previsonal.
Según detalló, estos cálculos actuariales se hicieron para medir la sostenibilidad del fondo en el largo plazo, en el que se tiene en cuenta los años de aportes obrero y patronal, edad de retiro, así como los egresos como pago de pensiones y jubilaciones en función a los límites del haber jubilatorio establecido por la ley (10 salarios mínimos mensuales).
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Urgente reforma
Halley detalló que si se va cambiar el esquema de jubilaciones en Paraguay que está basado en un sistema de reparto solidario, se debe plantear un análisis actuarial en base a un consenso social y cambiar la ley. “No podemos cambiar las reglas entre cuatro paredes porque va generar un caos”, expresó.
Según precisó, la reforma del esquema de pensiones en una materia pendiente desde hace más de 20 años. Alegó que siempre que se quiere tratar el tema, los grupos movidos por intereses políticos presionan y bloquean cualquier estudio.
Halley advirtió que de no realizar reformas urgentes en el esquema de pensiones, están en riesgo las jubilaciones de las próximas generaciones, especialmente de los jóvenes que hoy están ingresando al campo laboral.
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Detalló que solo IPS tiene alrededor de 6.000 funcionarios que perciben salarios por encima de G. 20 millones mensuales (de un total de 650.000 asegurados), y además de otros miles que están en las diferentes cajas que están activando en el país.
La sentencia no está firme
Cabe mencionar que el Acuerdo y Sentencia N° 1917 que dictó la Sala Constitucional de la Corte el 22 de diciembre de 2016, por el cual se hizo lugar a la acción promovida contra la ley 98/92, aún no está firme. La referida Sala tiene que resolver incidentes de nulidad y aclaratorias promovidas por el IPS. Desde ente previsional aclararon que la mencionada sentencia no obliga al pago diferenciado a los navegantes por el momento y que no peligra los fondos del IPS.
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