Canese, a través de Bacchetta, pide que el director de Itaipú responda un pliego de diez preguntas

En una nota dirigida al presidente de la Comisión Nacional de estudio y acompañamiento de las negociaciones de la revisión del Anexo C, Enrique Bacchetta, el parlamentario del Mercosur, Ing. Ricardo Canese, envió un pliego de preguntas al director paraguayo de Itaipú, Manuel María Cáceres, para que responda apenas comparezca ante el grupo especial del Legislativo.

El director general paraguayo de la Itaipú Binacional, Manuel Cáceres, se opone a divulgar los gastos del ente.
El director general paraguayo de la Itaipú Binacional, Manuel Cáceres, se opone a divulgar los gastos del ente.Archivo, ABC Color

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La nota incluye un cuestionario que debe ser respondido por el director general paraguayo de Itaipú, Manuel María Cáceres, el próximo martes, 22 de junio, ocasión en que la Comisión, conformada por diputados, senadores e integrantes del Parlasur, volverá a reunirse a partir de las 16:00.

Las preguntas, del parlasuriano son las siguientes:

1. Contratación del 100% de la energía y potencia paraguayas de binacionales. De acuerdo con lo que disponen los tratados de Yacyretá e Itaipú (y Acta de Foz de Yguazú, en este caso también), así como la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, ¿el Paraguay tiene soberanía, o no, para contratar el 100% de su potencia y energía binacional - que es el 50% del total- y para exportar libremente la energía que no consuma, inclusive a terceros países, o terceras empresas en un mismo país? ¿Acaso l Brasil no aceptó ya en el 2009 que la ANDE exporte su energía de Itaipú al mercado brasileño en la brevedad posible y también a terceros países desde el 2023?

El MIU-FIUNA expresó preocupación sobre el Anexo “C”.
Itaipú Binacional.

2. En el caso de la energía paraguaya del embalse de Itaipú, que va en un 100% al Brasil cuando se genera, ¿por qué se le entrega gratis (esta energía) al sistema eléctrico brasileño, cuando más la necesita? ¿No debería cobrarse el precio de mercado del momento, cuando baja el nivel del embalse menos, eventualmente, el precio mucho más bajo que rige cuando se vuelve a llenar el embalse, sobre el 50% de la energía así generada?

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3. La compensación por la cesión de la energía es actualmente un valor arbitrario, que no está relacionado con criterios de mercado. Durante el gobierno de Nicanor Duarte Frutos subió el factor de ajuste de 4,0 a 5,1 (27,5% más); y durante el gobierno de Fernando Lugo subió de 5,1 a 15,3 (200% más), lo que fue ratificado por los congresos del Paraguay y del Brasil. ¿Por qué el Ministerio de Relaciones Exteriores dice, en el documento que entregó a esta Comisión, que “no habrían fundamentos legales” para aumentar esta compensación, si ya fue aumentada en el pasado y el mismo congreso brasileño lo aprobó en su momento?

4. En el caso del gas natural que Bolivia exporta al Brasil y a la Argentina, su precio depende de las cotizaciones internacionales de derivados de petróleo. ¿Por qué el gobierno no exige que la compensación por cesión de la energía paraguaya de Itaipú al Brasil se calcule también con ese criterio de mercado?

5. La reducción de la tarifa. La Cancillería sostiene que se debe reducir la tarifa de Itaipú desde el 2022, y mucho más en el 2023, porque bajará el costo del servicio, lo que pasará por el Directorio Ejecutivo y por el Consejo de Administración de Itaipú Binacional, donde Ud. está. ¿Por qué la Cancillería sostiene que bajará la tarifa de exportación de la energía paraguaya de Itaipú al Brasil inclusive por debajo de los niveles actuales, inferiores al precio de mercado de largo plazo (para hidroeléctricas que se puedan construir en el Brasil y podrían sustituir a la energía paraguaya de Itaipú), o generación con hidrocarburos? ¿Ud. defiende que se baje la tarifa de exportación de la energía paraguaya de Itaipú al Brasil? ¿Acaso no pueden los miembros paraguayos del Directorio Ejecutivo y del Consejo de Administración mantener la actual tarifa, sin prestar su acuerdo para bajar la tarifa, hasta tanto Brasil acepte pagar un precio justo, de mercado, por la energía de Itaipú que exportamos, con similar criterio de mercado al que el Brasil le paga a Bolivia por su gas natural o, por lo menos, mantener el nivel actual, y asegurar así 1.000 M US$/año para el país?

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6. Sustentabilidad ambiental. El embalse de Itaipú se está colmatando, hecho que reduce la capacidad de almacenamiento de energía en ese embalse, lo más valioso de nuestra central hidroeléctrica. ¿Debería incluirse en el costo del servicio de electricidad el costo de preservación de la calidad del agua, la única materia prima de Itaipú, constituyendo ecosistemas nativos densos según curvas de nivel, cada cierta altura o cota, en todos los suelos agropecuarios con cierta pendiente, a fin de evitar la erosión de los suelos agropecuarios; y de bosques de galería con ecosistemas nativos densos, en torno a todos los cauces hídricos que desembocan en el embalse, para evitar el arrastre de sedimentos hasta esos cauces y al embalse de Itaipú, así como su colmatación? ¿Ud. sabe que hay un proyecto de ley sobre este tema en el Senado? ¿Qué opinión tiene?

7. Deuda con las comunidades indígenas. ¿Se procedió correctamente con las 38 comunidades Avá Guaraní Paranaenses que fueron desalojadas por el embalse de Itaipú. Se les dio en compensación tierras cerca de cursos de agua y apoyo para su desarrollo según su cultura, como establecían los tratados internacionales vigentes ya en la época? ¿No sería conveniente que las comunidades Avá Guaraní Paranaenses sean custodios del ambiente, que protejan el embalse y los cursos de agua que concurren hacia él, con el debido presupuesto a incluirse en el costo del servicio, como justa reparación por los daños y perjuicios que se les causó?

8. Los mal denominados gastos de responsabilidad socio ambiental y otros gastos superfluos. ¿En qué y qué monto ha gastado Itaipú Binacional en este concepto en los últimos cinco años y si tiene alguna relación con conceptos socioambientales? ¿Por qué no se destinan estos recursos a mantener la calidad del agua (mejoramiento ambiental) y a resarcir a las comunidades indígenas afectadas? ¿Por qué su administración se niega a rendir cuentas sobre estos gastos a la Contraloría?}

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9. Deuda de Itaipú. ¿Qué establece la Contraloría General de la República (CGR) en cuanto a la deuda de Itaipú Binacional (informes de avance 1° y 2°) y por qué hasta ahora Itaipú no le ha enviado tales documentos a la Contraloría para que termine esa auditoría? ¿Ud reclamó o piensa reclamar lo que no pagaron las empresas eléctricas brasileñas subsidiarias de Eletrobras, que causaron la “deuda espuria” de 4.193 M US$ (al 31.12.1996), bien caracterizados en los citados en informes de la Contraloría?

10. Transparencia. Itaipú pertenece a los Estados paraguayo y brasileño. ¿De qué forma los poderes (legislativo, judicial) y órganos de control del Estado paraguayo y la ciudadanía podrán tener libre acceso a toda la información de Itaipú Binacional, y dar cumplimiento a lo establecido en la Constitución Nacional, artículos 28 y 283 y el artículo XXI del Tratado de Itaipú?

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