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Atendiendo a la ampliación del rango etario para recibir la vacuna antiCOVID, el Ministerio del Trabajo recordó la resolución 623/2021, que fue emitida el 7 de mayo pasado. A través de este documento se establece que los trabajadores que deban acudir a su vacunación o acompañar a un adulto mayor, puedan utilizar la licencia remunerada prevista en el Código Laboral.
La Dra. Karina Gómez, directora del Empleo, resaltó que se busca promover la inmunización y que los trabajadores que tengan a su cuidado adultos mayores no tengan problemas para solicitar el permiso con goce de salario.
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Dichas licencias deben ser debidamente solicitadas por escrito al empleador y comunicadas dentro de los 30 días hábiles a la Dirección de Registro de Obrero Patronal del Ministerio.
Además, se recuerda que en caso de incumplimiento por parte de las empresas y los empleadores en general, pueden ser pasibles de sanciones previstas en el artículo 385 del Código del Trabajo.
Dicha normativa establece que las faltas serán sancionadas con multa correspondiente con importes que irán de de 10 a 30 jornales mínimos por cada trabajador afectado, lo cual se duplicará en caso de reincidencia.