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La Ley Nº 5764 establece el estudio y posibilidad de ajuste según la variación interanual del IPC, que al mes de mayo fue del 3,7%. Independientemente a que el año pasado no hubo ajuste, ahora se estudiará considerando la variación interanual desde junio de 2020, por lo que aguardan los datos del BCP, precisó Gómez. La decisión se conocerá en el transcurso de los próximos días, ya que el decreto debe salir a más tardar el 30 de junio. El reajuste del salario mínimo a considerar desde la última suba rondaría G. 81.000, esto considerando la variación interanual desde junio del año pasado. Miguel Mora economista jefe del BCP, explicó que según las disposiciones legales remitirán a las autoridades competentes el valor de la variación interanual a mayo último en esta semana.
La Ley Nº 5764, que modifica el artículo 255 del Código Laboral, menciona que la consideración del reajuste del salario mínimo será determinada por el Poder Ejecutivo a propuesta del Consejo Nacional de Salarios Mínimos (Conasam), sobre la base de la variación interanual del IPC, a junio de cada año.
Los representantes de los trabajadores, entre ellos de la Central Unitaria de Trabajadores, esperan que el salario mínimo se reajuste, pero con un buen valor.
Señalan que el monto a reajustar debería ser de aproximadamente un 30%, equivalente actualmente a G. 510.000. A su vez, economistas opinan que el ajuste del salario mínimo incidirá igualmente en una mayor presión inflacionaria, tanto de manera directa como indirecta, ya que al incrementar el sueldo repercutirá en los costos de producción de otros bienes y servicios de la canasta. Actualmente, el salario mínimo está fijado en G. 2.192.839 y con el ajuste podría subir a cerca de G. 2.274.000.