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Almacenes, góndolas de mercados municipales y de administración privada, locales comerciales pequeños, medianos y de gran porte, supermercados, tanto de venta minorista como mayorista, deberán poner en práctica desde el primero de julio de este año la ley que prohibe utilizar las bolsas de plástico de un solo uso.
Se trata de la normativa 5414/15 de Promoción de la disminución del uso de plástico polietileno de un solo uso. Esto significa que desde el próximo mes, los comercios deberán tener consigo las bolsas que estipula la ley o bien, los clientes deberán desenvolverse con bolsas reutilizables o reciclables dentro de los comercios.
En el caso que los comercios que incumplan lo establecido y si fueran sorprendidos se exponen a multas de entre 10 y 500 jornales mínimos (G. 84.340 y G. 42.170.000). En cuanto a la fiscalización, el cumplimiento de la ley y ejecución de sanciones, estarán a cargo del Ministerio de Industria y Comercio (MIC).
Alternativas
Para entender, de aquí a un mes, los consumidores tendrán la opción de adquirir –del establecimiento– la bolsa de polietileno reutilizable (que es más gruesa y debe contar con la certificación correspondiente), reciclable o biodegradable o bien, deben llevar sus propios bolsos, ya sea de tela, tnt, rafia, arpillera, u otro material para la carga de sus productos en caja. Los comercios también podrán emplear las cajas de cartón como alternativa de carga de mercaderías.
Excepciones
No obstante, en una parte de la ley se aclara que las bolsas de plástico de un solo uso podrán seguir empleándose en aquellas cuestiones de índole sanitario o de inocuidad, como para envolver alimentos frescos y/o húmedos como carnes, verduras y otros. El MIC, junto al INTN, sostienen que preparan una campaña de concientización. Todos los detalles de lo que abarca la referida ley, lo pueden leer en la revista dominical de ABC Color, este domingo 6.