Rige reglamento a la ley de subsidios para comerciantes de frontera

El Poder Ejecutivo emitió el decreto reglamentario con las modificaciones a la ley que establece subsidios para los comerciantes formales e informales de las ciudades fronterizas del país. Desde la nucleación de comerciantes de Encarnación comentaron que con las modificaciones se eliminaron algunas limitaciones y se beneficiará a más personas que fueron afectadas por la pandemia y la crisis económica.

El comercio fronterizo enfrenta una grave crisis a causa de la pandemia.
El comercio fronterizo enfrenta una grave crisis a causa de la pandemia.

Este viernes se socializó el decreto N° 5.361 por el cual se modifican los artículos 1°, 2°, 3°, 5°, 8° y 9° del decreto por el que quedó reglamentado la ley de asistencia del Estado a los trabajadores y comerciantes de las ciudades fronterizas cuyos ingresos se vieron afectados por la pandemia del coronavirus.

Según comentó a ABC Color Mirta Montiel, de la Cámara de Comerciantes de Encarnación, con las modificaciones hechas a la reglamentación fueron liberadas algunas limitaciones que impedían que varios afectados accedan al subsidio.

Mencionó que unos 800 comerciantes que fueron bloqueados podrán ingresar a la lista de beneficiados y que habrá más de 4.000 receptores de la ayuda gubernamental.

Conforme a las modificaciones, recibirán este subsidio los trabajadores y comerciantes, cuyos ingresos fueron afectados por la pandemia del Coronavirus (COVID-19), que residan en las ciudades de Encarnación, Alberdi, Puerto Falcón, Nanawa, Ayolas, Pilar, Paso de Patria, Humaitá, Cerrito. General Díaz, Mayor Martínez, Villa Oliva, Villa Franca, Natalio, Mayor Otaño y San Rafael del Paraná.

Uno de las principales modificaciones que se hizo en la reglamentación es que ya no limita a ser pasibles de recibir el subsidio a aquellos cuyos ingresos mensuales sean igual o menor a tres salarios mínimos, sino que establece que se “priorizará” a estos.

También dejó de ser una condición excluyente que el solicitante del subsidio sea pariente de un funcionario público o un titular del Instituto de Previsión Social (IPS), según comentó Montiel.

“Hogar con un integrante o más cotizantes a la Seguridad Social y que pertenezcan a personas físicas o empresas unipersonales en el Registro Único de Contribuyentes (RUC), podrán acceder al subsidio hasta dos miembros del hogar”, señala el decreto en el punto 3 del artículo 9 de la nueva reglamentación, mientras que en el punto 7 menciona que un “hogar con un integrante o más que perciban ingresos provenientes del Sector Público o cotizante que pertenezcan a personas físicas o empresas unipersonales en el Registro Único de Contribuyentes (RUC), podrá acceder hasta un miembro por hogar”.

Según indicó Montiel, el próximo lunes se daría a conocer la lista de los beneficiaron y se espera que en la semana el Ministerio de Hacienda realice los desembolsos correspondientes.

Enlance copiado

Lo
más leído
del día

01
02
03
04
05

Te puede interesar

Comentarios

Las opiniones y puntos de vista expresados en los comentarios son responsabilidad exclusiva de quienes los emiten y no deberán atribuirse a ABC, ya que no son de autoría ni responsabilidad de ABC ni de su Dirección ni de Editorial Azeta S.A.