Rige reglamento a la ley de subsidios para comerciantes de frontera

El Poder Ejecutivo emitió el decreto reglamentario con las modificaciones a la ley que establece subsidios para los comerciantes formales e informales de las ciudades fronterizas del país. Desde la nucleación de comerciantes de Encarnación comentaron que con las modificaciones se eliminaron algunas limitaciones y se beneficiará a más personas que fueron afectadas por la pandemia y la crisis económica.

El comercio fronterizo enfrenta una grave crisis a causa de la pandemia.
El comercio fronterizo enfrenta una grave crisis a causa de la pandemia.

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Este viernes se socializó el decreto N° 5.361 por el cual se modifican los artículos 1°, 2°, 3°, 5°, 8° y 9° del decreto por el que quedó reglamentado la ley de asistencia del Estado a los trabajadores y comerciantes de las ciudades fronterizas cuyos ingresos se vieron afectados por la pandemia del coronavirus.

Según comentó a ABC Color Mirta Montiel, de la Cámara de Comerciantes de Encarnación, con las modificaciones hechas a la reglamentación fueron liberadas algunas limitaciones que impedían que varios afectados accedan al subsidio.

Mencionó que unos 800 comerciantes que fueron bloqueados podrán ingresar a la lista de beneficiados y que habrá más de 4.000 receptores de la ayuda gubernamental.

Conforme a las modificaciones, recibirán este subsidio los trabajadores y comerciantes, cuyos ingresos fueron afectados por la pandemia del Coronavirus (COVID-19), que residan en las ciudades de Encarnación, Alberdi, Puerto Falcón, Nanawa, Ayolas, Pilar, Paso de Patria, Humaitá, Cerrito. General Díaz, Mayor Martínez, Villa Oliva, Villa Franca, Natalio, Mayor Otaño y San Rafael del Paraná.

Uno de las principales modificaciones que se hizo en la reglamentación es que ya no limita a ser pasibles de recibir el subsidio a aquellos cuyos ingresos mensuales sean igual o menor a tres salarios mínimos, sino que establece que se “priorizará” a estos.

También dejó de ser una condición excluyente que el solicitante del subsidio sea pariente de un funcionario público o un titular del Instituto de Previsión Social (IPS), según comentó Montiel.

“Hogar con un integrante o más cotizantes a la Seguridad Social y que pertenezcan a personas físicas o empresas unipersonales en el Registro Único de Contribuyentes (RUC), podrán acceder al subsidio hasta dos miembros del hogar”, señala el decreto en el punto 3 del artículo 9 de la nueva reglamentación, mientras que en el punto 7 menciona que un “hogar con un integrante o más que perciban ingresos provenientes del Sector Público o cotizante que pertenezcan a personas físicas o empresas unipersonales en el Registro Único de Contribuyentes (RUC), podrá acceder hasta un miembro por hogar”.

Según indicó Montiel, el próximo lunes se daría a conocer la lista de los beneficiaron y se espera que en la semana el Ministerio de Hacienda realice los desembolsos correspondientes.

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