Cuarentena no existe como hecho punible por lo que no puede ser sancionada, aseveran

La abogada laboralista Emma Velaztiquí, de la ciudad de Fernando de la Mora, explicó que la “cuarentena” no existe como figura penal, por lo que al no ser un hecho punible especificado en la Constitución Nacional o en las leyes, no puede ser perseguido. Lamentó las aprehensiones, retenciones de vehículos y los abusos en los procedimientos contra personas que circulan en el horario de restricción.

Un policía controla los documentos de un conductor sobre la ruta Transchaco en la madrugada de este lunes.
La abogada sostuvo que la Policía solo puede solicitarle al ciudadano que vaya a su casa, y cuestionó los abusos en procedimientos.Fernando Romero, ABC Color

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Según la jurista, para que una figura jurídica tenga fundamentos, tiene que tener elementos. En el caso de la cuarentena, como no existe esta figura penal en la Constitución Nacional ni en el Código Procesal Penal, se falta el principio de legalidad, aseguró la experta.

“Una ley que no fue previamente al hecho, no puede imputársele al sujeto. Ese principio está en la Constitución Nacional, entonces caemos en la violación de la propia Carta Magna”, señaló la abogada Emma Velaztiquí.

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Añadió que para que un hecho sea punible, debe estar estipulado en la ley que lo es, y esto debe estar establecido “con todas las letras”, es decir, en forma específica. “Acá estamos hablando de un decreto presidencial que está muy por debajo de la Constitución Nacional. Un decreto es válido siempre y cuando no vaya en contraposición de los principios establecidos en la Constitución. Estamos ante un hecho punible que no puede ser perseguido por el Estado porque no es una ley”, amplió la abogada.

Criticó abuso en procedimientos

Indicó que comprende que se querían frenar los contagios, pero no se ha logrado el objetivo, por tanto, considera inadmisible que haya remisiones a la comisaría, imputaciones, y abuso en algunos procedimientos policiales.

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“Estamos en una época alarmante, lo que recomendaría es más información y concienciación, porque los inconscientes no entran en la realidad, y se les da palo pero no sirve, porque luego vuelven a salir”, manifestó la abogada.

Resaltó que mientras tratamos de proteger el derecho a la salud “estamos violando otro derecho, el de la libertad”.

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“Entiendo que un`policía puede decirme que hay un decreto, pedirme que vaya a mi casa, y como ciudadano responsable cumplo, pero imputar o acusar no corresponde. Hubo bastantes abusos, retuvieron vehículos, eso no corresponde, es un medio privado de la persona”, se explayó la jurista.

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Multas tampoco corresponden, dijo

Con respecto a aplicar multas a los ciudadanos que no respeten el horario de restricción, sostuvo que las multas ni siquiera están en la ley. “Las multas tienen un proceso de creación, no aparecen de la noche a la mañana, no pueden ser por decreto”, afirmó.

Agregó que le ofende que “se quiera siempre recargar al ciudadano de una responsabilidad que es del Estado”.

“Hay inconvenientes porque la salud pública no está preparada por años de corrupción que se vienen arrastrando. Entonces buscan respuestas y culpan al ciudadano, ¿y la ausencia total del Estado?”, se cuestionó Velaztiquí.

Finalizó expresando que deberíamos ser “lo suficientemente conscientes para que nadie esté encima de nuestros pescuezos indicándonos qué es correcto y qué no”.

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