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La cartera emitió en la fecha un informe en el cual señala que el trabajo se realiza en el marco de la Ley N° 6720/2021 que otorga subsidios a trabajadores y comerciantes cuyos ingresos fueron afectados por la pandemia del covid-19.
La referida ley beneficia a los residentes en Encarnación, Alberdi, Puerto Falcón, Nanawa, Ayolas, Pilar, Paso de Patria, Humaitá, Cerrito, General Díaz, Mayor Martínez, Villa Oliva, Villa Franca, Natalio, Mayor Otaño y San Rafael del Paraná.
El informe explica que sobre la base del análisis del impacto del primer pago realizado en abril, se está trabajando en la ampliación del alcance del decreto reglamentario con el objetivo de una mayor cobertura del programa.
“Esta nueva reglamentación permitiría la incorporación de nuevos beneficiarios, y también se podrá revisar el caso de aquellos que fueron bloqueados”, dice la nota de la cartera fiscal.
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Añade que una vez publicado el nuevo decreto y aplicados los filtros correspondientes, se dará a conocer la lista para el siguiente pago, pudiendo Hacienda aplicar, según el caso que corresponda, mecanismos de compensación y/o continuar con el proceso establecido para la devolución del subsidio.
Devolución suspendida
El ministro de Hacienda, Óscar Llamosas, había adelantado a ABC a inicios de esta semana que las intimaciones efectuadas a comerciantes y trabajadores fronterizos para que devuelvan el subsidio cobrado en abril, quedarán en stand by mientras se revisa el decreto.
Según dijo se llegó a un acuerdo con los afectados para tener un mayor plazo para permitir la revisión del decreto que reglamenta la ley, de tal manera a que más personas puedan beneficiarse porque así como está actualmente tiene unos parámetros muy rígidos.
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El ministro dejó en claro que un grupo de los que ya cobraron y a quienes hoy se les pidió devolver el dinero, podrían entrar en la nueva lista y no necesitarán devolver los fondos. En cambio, aquellos que tras el ajuste queden fuera del listado, tendrán que devolver el subsidio al Tesoro.
El dinero reclamado equivale al salario mínimo: G. 2.192.839, correspondiente a los dos primeros pagos realizados de una vez, monto que pedía Hacienda sea depositado en la cuenta que el Tesoro Público tiene en el Banco Nacional de Fomento (BNF).