Ejecutivo no reglamenta aún la ley que reorienta los gastos sociales

El Poder Ejecutivo dilata la reglamentación de la Ley Nº 6729, del 26 de abril pasado, que “destina los recursos en concepto de responsabilidad social empresarial, socioambiental y cualquier otro fondo social, sea cual fuese su denominación, de las entidades binacionales Itaipú y Yacyretá correspondientes al lado paraguayo, para que sean utilizados íntegramente (US$ 150 millones al año) “para la compra de insumos médicos, materiales de bioseguridad para el personal de blanco, infraestructura hospitalaria y protección social mientras dure la pandemia del covid-19”.

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El presidente Mario Abdo Benítez promulgó la ley sancionada, presionado por la ciudadanía que reclama medicamentos y vacunas contra el covid-19. Según las binacionales, solo US$ 20 millones quedan disponibles para este año para la pandemia.

El artículo 5 de la mencionada normativa refiere que el “Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley en un plazo no mayor de 10 días”. El plazo se cumplió ayer.

La diputada Kattya González (PEN) menciona que la ley promulgada le otorga facultades discrecionales a la Presidencia para su reglamentación; con la condición de que las normas reglamentarias respeten estrictamente las disposiciones legales de cada uno de los artículos que deben ser regulados.

La parlamentaria menciona que el decreto reglamentario debe determinar y definir cada uno de los conceptos señalados en la presente ley. Entre los más importantes, la puntualización de qué se entiende por “protección social” a los fines de la presente ley.

Como obligación de la ley reglamentaria, la diputada González sugiere que se señale con la mayor rigurosidad el concepto de protección social e individualizar en el Anexo Presupuestario, el cual debe agregarse como parte del decreto reglamentario, cada uno de los rubros y programas calificados como sujetos a este fin (protección social).

Asimismo, sugiere la creación de un Comité Multidisciplinario para la reglamentación de los artículos 2, 3 y 4 de la ley. Plantea la integración de un experto independiente especialista en Economía de la Salud, un técnico designado por el Ministerio de Salud Pública, un técnico especialista en presupuesto designado por el Ministerio de Hacienda, entre otras propuestas

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