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Con la decisión de la CSJ el Tribunal de Apelaciones tiene luz verde para analizar el planteamiento de la fiscala Liliana Alcaraz en contra de la resolución de la jueza de Ciudad del Este, Cinthia Garcete, quien en setiembre del año pasado elevó a juicio oral y público la causa, pero excluyó audios claves que comprometen al legislador.
Además de la magistrada Brítez Aguilar, el tribunal está integrado por Martha Acosta y Raúl Insaurralde.
El caso
Portillo fue procesado tras la divulgación en Cardinal de los audios filtrados que sugieren que el legislador supuestamente pedía 3.000 dólares a la contadora Auda Fleitas (investigada por un caso de estafa) a cambio de un fallo judicial favorable.
La jueza Garcete excluyó las grabaciones, alegó que no pueden ser medios probatorios, ya que fueron obtenidas sin una orden judicial. Sin embargo, la fiscala Álvarez afirmó que no se trata de una interceptación telefónica, por lo que no requería de la orden de un Juzgado.
Argumentos de la Fiscalía
La agente de la Unidad contra Delitos Económicos y Anticorrupción alegó que “pretender que el derecho a la intimidad alcance inclusive el interés de que ciertos actos, que el sujeto ha comunicado a otros, sean mantenidos en secreto por quien ha sido destinatario de la comunicación, importa una exagerada extensión del efecto horizontal que se pudiera otorgar al derecho fundamental a la intimidad”.
Agrega que “en cuanto al artículo 36 de la Constitución Nacional –este– expresa en sentido general la protección de las comunicaciones que pertenecen a la esfera privada, y, a todas luces analizando el contenido de las comunicaciones entre Auda Fleitas y Carlos Portillo, ellas no se circunscriben a un ámbito privado, sino por el contrario, el acusado, quien ejerce una función pública, invoca tener influencias en magistrados del Poder Judicial para que estos resuelvan en determinado sentido, a cambio de dinero”.