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Una de promotoras de la acción, Pilar Callizo, comentó que el documento pretende ser de alcance universal para todos los compatriotas, y al ser un amparo, implica que su tratamiento debe ser expeditivo. De hecho, tras dar entrada al documento, se reunieron con el juez Agustín Peña, que deberá estudiar el documento y que habría de emitir su fallo en un plazo de 24 horas.
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“Lo que nosotros pedimos concretamente en el petitorio es que el Estado cumpla con sus obligaciones que tiene en cuanto a la provisión de medicamentos e insumos en general, en cuando a protocolo covid, pero también asegurar la atención integral a todos los paraguayos y paraguayas”, comentó Callizo.
La misma agregó que la acción también solicita agilizar la provisión de vacunas, “porque resulta que si nosotros no nos vacunamos de manera organizada y sobre todo si siguen vacunando de esta manera tan lenta, al final el riesgo permanece”.
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Otro punto destacado de la solicitud es que no solo piden garantizar la atención en salud, sino la reposición de los gastos en los que incurren los familiares para cubrir las necesidades generadas por la ineficiencia del Estado.
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Consultada respecto a la validez de la figura del amparo “colectivo”, una acción poco común en nuestro ordenamiento jurídico, la misma destacó que se fundamenta en la potestad del artículo 38 de la Constitución, que establece: “Toda persona tiene derecho, individual o colectivamente, a reclamar a las autoridades públicas medidas para la defensa del ambiente, de la integridad del hábitat, de la salubridad pública, del acervo cultural nacional, de los intereses del consumidor y de otros que, por su naturaleza jurídica, pertenezcan a la comunidad y hagan relación con la calidad de vida y con el patrimonio colectivo”.
Destacó que es una figura reconocida internacionalmente y que al ser un amparo y no una Acción de Inconstitucionalidad, no existe la limitación del alcance restrictivo para los accionantes.