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La magistrada se ratificó en su decisión de solicitar la prisión de Luis Trinidad, Pedro Areco y Vivian Genes, que se presentaron a la audiencia de imposición de medidas, así como pidió la captura de Arnaldo Martínez y Enrique Agüero, que no asistieron a la diligencia, todo esto pese a que no supo indicar que elementos consideró suficientes en la imputación para el pedido.
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En conversación con ABC, varias veces se le indicó el cuestionamiento de la defensa de los jóvenes, que indica con criterio jurídico que en la imputación y el pedido de prisión se violaron varios artículos del Código Procesal Penal. Puntualmente, por ejemplo, el Artículo 302 que habla sobre el Acta de imputación, establece entre otros puntos, que el documento deberá “describir sucintamente el hecho o los hechos que se le imputan”.
En el mismo sentido, el artículo 242 exige que para dictar la prisión preventiva “existan elementos de convicción suficientes sobre la existencia de un hecho punible grave” “y “sea necesaria la presencia del imputado y existan hechos suficientes para sostener, razonablemente, que es autor o partícipe de un hecho punible”.
“Yo estoy convencida de que los presupuestos que se dieron para el dictamiento de la prisión preventiva para estos tres imputados es la correcta. El conjunto de hechos analizados en el cuaderno de investigación fiscal, porque no es solo la imputación, yo verifiqué los elementos condicionales que tuvieron a la vistas los agentes fiscales y con eso dicté mi resolución”, afirmó.
En este caso, incluso la Fiscalía en su imputación habla en condicional, al no poder asegurar que los imputados efectivamente quemaron la sede partidaria. En cinco partes del mismo párrafo repiten que los imputados “habrían” cometido los hechos, sin detallar las acciones puntuales de cada uno, tal como exige la ley. A la magistrada también se le recordó el Artículo 5 del Código Penal, que establece que ante “en caso de duda los jueces decidirán siempre lo que sea más favorable para el imputado”.
“Que hacía si le otorgaba a estos jóvenes la libertad y al día siguiente amanecían en el Uruguay o la Argentina como ya ocurrió. Iba a ser la responsable por el peligro de fuga y que yo no pude paliar el ese peligro de fuga como ya ocurrió en otros procesos anteriores de igual estilo”, alegó la magistrada, que sin citar taxativamente, se refirió al caso de los jóvenes liberales acusados por la quema del Congreso, tras las protestas contra la reelección de Horacio Cartes en 2017.
“Según mi criterio, el artículo 17 y 19, se dieron todos los presupuestos, se garantizó en todo momento la aplicación de las garantías, se les presume inocente, el estado de inocencia a los mismos, se les comunicó previa y detalladamente la imputación y se les dio copias, medios y plazos para ejercer su defensa en ese momento”, alegó la magistrada.
Se le volvió a insistir sobre las presuntas falencias, ante lo cual se limitó a decir: “Y bueno, vamos a dejar que resuelva el Tribunal de Apelaciones si es que estoy en lo correcto o no estoy en lo correcto, y veremos si es revocada o anulada la resolución dictada por mi Juzgado Interino”.
Dice que es colorada con “suspensión”
“Yo estoy convencida de lo que hice. Quiero aclarar que no hubieron injerencias políticas (sic)”, sostuvo la jueza, que salió al paso de las críticas por su afiliación política, que sigue figurando como activa en la ANR, pese a que la Ley se lo impide como magistrada.
“Soy una persona que si bien estuve o estoy afiliada a un partido, solicité mi suspensión el día 9 de noviembre de 2007, a ocho días de jurar como Juez Penal de Garantías, hace ya 14 años”, afirmó.