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Según el portal del TSJE, una comitiva encabezada por la fiscala electoral de Asunción, Myriam González, procedió a la eliminación y el retiro de propagandas electorales de la vía pública debido a que se encuentran fuera del período establecido. También participaron autoridades y funcionarios de la Municipalidad capitalina y del ente electoral.
La agente del Ministerio Público informó que los tareas de retiro de estas propagandas de realizan en el marco del cronograma electoral establecido. Acotó que los trabajos de eliminación proseguirán hasta la habilitación del período: el 19 de mayo.
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Así también, indicó que ya emitieron un oficio a la Comandancia de la Policía Nacional para que colabore en las tareas. Además, para que pueda intervenir la Fiscalía del fuero penal y proceder a sancionar a los infractores, ya sea los que instalaron las propagandas y los políticos que los contrataron.
González explicó que las multas por infringir la ley electoral pueden alcanzar hasta los 100 jornales mínimos: G. 8.434.000. Igualmente, precisó que la comuna es la institución encargada de aplicar estas sanciones, aunque reconoció que resulta complicado la investigación debido a que los infractores no son descubiertos en flagrancia.
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Por su parte, el jefe de Acciones Judiciales de la Municipalidad de Asunción, Jorge Cantero, refirió que acompañaron las tareas de retiro de propagandas electorales en el marco del oficio planteado por la fiscal electoral. Asimismo, refirió que remitirán los antecedentes al Juzgado de Faltas para que proceda a aplicar las multas correspondientes a los infractores. A la vez, instó a la ciudadanía a respetar el cronograma electoral y a no destinar fondos, en un contexto de pandemia, que representa un ajuste económico.
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Código electoral
De acuerdo al Artículo 290 del Código Electoral, se establece que la propaganda electoral se extenderá por un máximo de 60 días, contados retroactivamente desde dos días antes de las Elecciones Generales o Municipales. En cambio, en los comicios internos de los partidos políticos, la propaganda electoral no podrá excederse de 30 días.