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La medida adoptada el año pasado está en vigencia hasta el 30 de junio próximo, pero tras el reclamo efectuado por los referidos sectores empresariales la administración fiscal lo extendería por cuatro meses más.
Así lo señala un informe de prensa que dio a conocer ayer el Ministerio de Hacienda, en donde se cita declaraciones realizadas por el viceministro de Tributación, Óscar Orué, sobre el tema a los medios de comunicación oficial.
Decretos vigentes
La reducción del IVA está establecida mediante el Decreto Nº 3881/2020: IVA aplicable a ciertas actividades de prestación de servicios de alojamiento en hoteles, restaurantes, abastecimientos de eventos; y el Decreto Nº 3967/2020: IVA aplicable a ciertas actividades de prestación de servicios de alojamiento en rurales de transportes turísticos, de Guías de Turismo y Organización de Eventos.
En ambos casos, lo que se modifica es la base imponible y no la tasa impositiva, de tal manera a que finalmente el contribuyente abone una tasa efectiva del 5% del tributo mencionado.
El titular de la administración fiscal volvió a reiterar que también están analizando la reducción de la tasa de interés de financiamiento de todos los impuestos, incluyendo el impuesto a la renta personal (IRP) que desde este mes se empezó a pagar.
Adelantó que una vez definida las nuevas tasas y la extensión del IVA, será oficializada desde el Palacio de Gobierno como parte de las medidas económicas a implementar por las nuevas restricciones establecidas.
La tasa de interés del 1,4% mensual establecida para financiar el pago del IRP, hasta en 12 cuotas, fue blanco de numerosas críticas desde diversos sectores, tanto político como económico, porque es alta y consideran que debería ser 0% atendiendo la crisis que vive el país. En ese sentido, incluso, señalan que es mayor a la tarjeta de crédito.