Reglamentan ley que recorta privilegios a los funcionarios y entidades públicas

El Poder Ejecutivo reglamentó la Ley Nº 6622/2020, que establece medidas de racionalización del gasto público, entre ellas se dispone la eliminación de almuerzos, bocaditos, regalos institucionales, arreglos florales, remuneraciones por presentismo o asistencia perfecta, entre otros gastos, que serán recortados a fin de generar ahorro al erario y reducir el déficit fiscal.

DECRETO N° 4899 QUE REGLAMENTA LA LEY 6622/20 “QUE ESTABLECE MEDIDAS DE RACIONALIZACIÓN DEL GASTO PÚBLICO”
Archivo, ABC Color

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Entre los puntos más llamativos de las nuevas políticas de ahorro, que establece el Dto. Nº 4899/21 se destaca que ya no se permitirán los ostentosos servicios de catering en entes públicos y se podrá adquirir solamente cocido, café y chipitas para las sesiones o jornadas no habituales.

Además, queda prohibido comprar obsequios para funcionarios o arreglos florales con dinero del Estado, entre muchos otros puntos.

Se espera que la Ley Nº 6622/2020 genere una política de ahorro en la que se eliminen las compras superfluas en instituciones públicas, una práctica sumamente arraigada en todos los entes. Desde el Congreso estiman que estas medidas aplicadas en su totalidad permitirán al fisco ahorrar en principio unos US$ 30 millones.

Las disposiciones se aplican a todos los organismos y entidades del Estado que figuran en la Ley Nº 1535/1999 “De Administración Financiera del Estado”.

Otro de los puntos detallados en el citado decreto es con relación a los límites en cuanto a remuneraciones de los funcionarios públicos, que no podrán superar a lo que gana el presidente de la República, unos G. 38 millones al mes. Además, los organismos y entidades del Estado no podrán contratar seguros médicos privados para sus máximas autoridades ni para miembros de sus órganos colegiados.

También se prohibe la entrega de cupos de combustible tanto a autoridades como a miembros de órganos colegiados. En cuanto a la contratación del servicio de telefonía corporativa también habrá limitaciones.

Plan financiero

Por otra parte, el Ejecutivo igualmente emitió el Dto. Nº 4903/21, que reglamenta el plan financiero del Presupuesto General de la Nación para el presente periodo, que establece la programación del gasto corriente primario de la administración central para los meses de enero a julio, que no será mayor al 60% del presupuesto aprobado para el ejercicio, teniendo en cuenta la Ley de Responsabilidad Fiscal (LRF) para años electorales. Además, mantiene los lineamientos de racionalización de gastos por parte de los organismos y entidades del estado, estableciendo un tope del 70% en los demás gastos no priorizados, el cual podrá ser revisado en el transcurso del ejercicio.

No generará mucho ahorro

Para el Ministerio de Hacienda, la ley de racionalización de gastos no generará mucho ahorro al Estado como se habló en su momento, porque la mayoría de las medidas previstas ya se vienen implementando en el presupuesto.

Autoridades de la cartera fiscal señalaron recientemente que los viáticos, seguro médico, uso de celulares y otros gastos contemplados en esta ley ya fueron disminuidos por el Ejecutivo. Sin embargo, el lado positivo es que se extiende a todas las instituciones públicas.

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