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Por decreto N° 4880 firmado ayer domingo, el Ejecutivo estableció nuevas medidas sanitarias específicas por la pandemia del coronavirus, en el marco del plan de levantamiento gradual del aislamiento. Las mismas estarán vigentes desde hoy 22 de febrero hasta el 14 de marzo.
Algunos puntos establecidos son los siguientes:
Todos los habitantes sólo podrán desplazarse entre las 5:00 y las 23:59 para actividades y servicios dispuestos en el presente decreto, como ser funciones impostergables e inherentes a los organismos y entidades del Estado, organismos internacionales y representaciones diplomáticas, servicios de salud, fuerzas militares, asistencia a personas con discapacidad, medios de comunicación, comercios esenciales
veterinarias, servicios básicos, servicios funerarios, obras públicas, obras civiles, delivery, recolección, transporte y tratamiento de residuos, estaciones de servicios, actividades bancarias imprescindibles, puertos, aeropuertos, aduanas.
Las bebidas alcohólicas no podrán ser comercializadas de 23:59 a 05:00.
En referencia a la educación, con el reinicio de clases, “los docentes del sector público podrán acudir a instituciones educativas (...) Se habilita retorno seguro a instituciones educativas para el desarrollo de clases en la modalidad virtual o híbrida.
En cuanto a eventos sociales, deberán realizarse con un máximo de hasta 100 personas; encuentros familiares en residencias particulares con un máximo de hasta 12 personas; actividades del sector cultural y creativo podrán ser realizadas con máximo 75 personas, entre ellas: obras teatrales, exposición de arte, bibliotecas y museos, etc.
Las actividades físicas deberán ser: al aire libre, práctica deportiva en grupos de hasta 14 personas, no se permiten torneos, salvo disciplinas sin contacto físico, entre otros puntos.