Transgresión de Ley 1015

La conducta desplegada por el Banco Nacional de Fomento (BNF) constituye incumplimientos de la Ley 1015/97 de Prevención de Lavado de Dinero, y en consecuencia, es pasible de sanciones, advirtió la Superintendencia de Bancos (SIB) en un informe preliminar en el marco del sumario instruido por el BCP a aquel banco estatal.

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Se expone a penalizaciones por el incumplimiento del artículo 19 de dicha ley, sobre la obligación de informar las operaciones sospechosas, y por incumplimiento de la resolución 349/2013 del reglamento de prevención de lavado de activos.

En base a los términos señalados, la SIB alerta que el BNF como unidad jurídica se expone a sanciones que van desde un apercibimiento, amonestación pública y aplicación de multas que pueden ir entre 50 y 100 % del monto evadido en la transacción. En este caso el monto de las operaciones sobre las que hay sospechas respecto al origen de fondos, rondan los US$ 56 millones, según el documento.

El informe preliminar de la SIB habla de sanciones a personas físicas, directores o responsables de la administración de las cuentas en cuestión que son reclamadas por el órgano regulador. La determinación de la falta como leve o grave surgirá del sumario en curso.

Durante el período en cuestión, el presidente del BNF era Carlos Pereira (actual ministro de la STP), en tanto que el titular de la Seprelad era Óscar Boidanich, quien recién denunció el caso ante la Fiscalía en 2018, tres años después de los primeros reportes de operación sospechosa y tras su difusión en la prensa.

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