Casas de cambio piden a Seprelad que aumente monto de compra de divisas

La Asociación de Casas de Cambio solicitó a la Seprelad modificaciones en la resolución 248/20 que impone la obligación de justificar la compra de divisas a partir de US$ 1.000. Para Seprelad, todo ciudadano que cambia ese monto ya es sospechoso.

La resolución 248/20 solo tiene vigencia para las casas de cambio. En la calle no hay límites para cambiar ni control de documentos.
La resolución 248/20 solo tiene vigencia para las casas de cambio. En la calle no hay límites para cambiar ni control de documentos.

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La Asociación de Casas de Cambio del Paraguay solicitó a la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes (Seprelad) la modificación de la resolución número 248, de fecha 5 de noviembre de 2020.

La resolución 248/20 “dirigida a las casas de cambio” impone la obligación de justificar el origen de dinero, a partir de mil dólares, a toda persona que utilice los servicios de una casa de cambios.

El reglamento de Seprelad tiene como objetivo la “prevención de lavado de activos y el financiamiento del terrorismo, según reza en su enunciado.

Según Seprelad, cuyo titular es el Abg. Carlos Arregui, todo ciudadano que opere con una casa de cambios, a partir de mil dólares, ya es sospechoso de financiar el terrorismo o de lavar dinero.

La nota de reconsideración fue entregada a Seprelad el martes pasado. En el escrito, la Asociación de Casas de Cambios, expone en forma pormenorizada el impacto negativo que genera la resolución 248/20 en el movimiento comercial de las empresas.

Las casas de cambio solicitan que se deje sin efecto el artículo 30 de la resolución, donde se menciona el límite mil dólares y la obligación de presentar un certificado que justifique el origen del dinero.

Propuesta de las casas de cambio

En el escrito a la Seprelad se plantea la presentación del certificado de origen de dinero de la siguiente forma: a) El cambio de divisas equivalente a 30 salarios mínimos, en una sola operación, en un semestre. Este monto equivaldría a 10.000 dólares, aproximadamente. b) El cambio de divisas a partir de 50 salarios mínimos, distribuidos en diversas operaciones, por semestre. El equivalente es de aproximadamente 15.000 dólares.

Es importante señalar que la resolución 248/20 rige exclusivamente para las casas de cambio, no así para los cambistas que operan en la informalidad en las calles.

Voceros de la Asociación de Casas de Cambio confirmaron que las operaciones disminuyeron drásticamente a partir de la vigencia de la resolución de la Seprelad.

En cambio, en las calles se tuvo un notorio aumento porque la gente no está obligada a presentar ninguna documentación personal y tampoco el certificado de origen de su dinero.

Cambistas de calle Palma indicaron que entre diciembre y enero tuvieron un aumento del 30 por ciento aproximadamente, porcentaje que anteriormente correspondía a clientes de las casas de cambio.

La nota resalta que se encuentran en peligro 1.375 puestos de trabajo, cubiertos en este momento por empleados de diversas casas de cambio; urgen a la Seprelad cambios en la resolución.

Todo ciudadano es sospechoso

El Abog. Diego Marcet, director jurídico de Seprelad, sostiene que “se tiene que conocer a los clientes de las casas de cambio, por eso la importancia de la resolución 248”.

Sostiene que “de acuerdo a datos estadísticos, las casas de cambio plantean un riesgo de lavado de dinero. Por lo tanto a mayor riesgo, mayor control”.

La simplista ecuación del abogado no se compadece de la realidad: no hay quién controle la informalidad que rodea al cambio de dinero en las calles.

Los cambistas de la calle realizan operaciones sin control.

roque@abc.com.py

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