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El Tribunal de Apelación integrado por Gustavo Santander, Pedro Mayor Martínez (presidente) y Gustavo Ocampos González, tomó la decisión de confirmar la absolución a Areceli Sosa, que ya le había otorgado el Tribunal de Sentencia presidido por la doctora Gloria Garay Irala e integrado por las juezas Alba González y Gloria Hermosa.
El recurso de Apelación había sido interpuesto por la fiscal de la causa, Esmilda Álvarez, pues manifestó que la resolución carece de un adecuado sustento lógico, incurre en contradicciones y se aparta de las reglas de la sana crítica en la valoración probatoria, incurriendo así en una fundamentación carente de sustento jurídico. La apelante sostiene que el tribunal realizó una valoración parcialista para absolver de reproche y pena a Areceli Sosa, y finalmente pide que la sentencia sea anulada y se ordene el reenvío para un nuevo juicio oral y público contra Sosa.
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Sin embargo, según la defensa de Sosa, el propio Tribunal de Sentencia fue claro al decir que el Ministerio Público trabajó de manera deficiente, y solicita que se confirme el fallo, así como que se impongan las costas a la fiscala Esmilda Álvarez “por su actuación negligente en la causa”.
Tribunal de Apelación coincidió con la sentencia
Sin embargo, el Tribunal de Apelación afirmó que coincide con lo expuesto por el Tribunal de Sentencia en el sentido de que hay una deficiencia fáctica debido a la inexactitud de la conducta desplegada para que la joven cometa el hecho. Explicando mejor, el Tribunal de Apelación dice que en el relato de los hechos no se menciona qué hizo o dejó de hacer Sosa para que Bruno Marabel no asesine al señor Julio Rojas.
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El Tribunal de Apelación recuerda que se requiere que el autor conozca que se va a realizar un hecho punible, y creen que no hay pruebas de que Araceli Sosa tuvo conocimiento de que Marabel iba a matar al señor Julio Rojas el día que estuvo en su casa.
Sosa ayudó a esclarecer crimen
Con respecto a la obstrucción a la investigación, el Tribunal de Apelación tampoco consideró el argumento válido, puesto que se tuvieron en cuenta las declaraciones del subjefe del Departamento de Homicidios de la Policía Nacional, Sergio Insfrán quien dijo ante el Tribunal que si no le hubiera ayudado Araceli Sosa no podría haber llegado a Bruno Marabel.
En síntesis, el Tribunal de Apelaciones concluye que Araceli Sosa no solo no cometió el hecho, sino que ayudó a esclarecerlo.
En cuanto al delito de reducción, el Tribunal es de la opinión que no se ha demostrado que Sosa tenía conocimiento del origen de las cosas.
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Por tanto concluyen que no se observan en la sentencia recurrida los vicios que menciona la impugnante.
Como la sentencia resulta fundada y sin contradicciones, los tres miembros del Tribunal de apelación coincidieron en que la misma debe ser confirmada.
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