Marito celebró “duro golpe al contrabando”

El presidente de la República, Mario Abdo Benítez, hace un año había felicitado a la Unidad Interinstitucional de Combate, Prevención y Represión al Contrabando (UIC) y a todo el equipo de seguridad que intervino en el “Operativo Reserva” para el decomiso del cargamento de cigarrillos, a orillas del lago de Itaipú.

El tuit del Presidente y del ministro Fúster, tras el decomiso del cargamento de cigarrillos.
El tuit del Presidente y del ministro Fúster, tras el decomiso del cargamento de cigarrillos.Archivo, ABC Color

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El mandatario posteó en ese entonces, a través de su cuenta en Twitter, el 6 de febrero de 2020, que se dio “un duro golpe al contrabando en Canindeyú” y agregó: “Felicitaciones a la Unidad Interinstitucional contra el Contrabando (UIC) y a todo nuestro equipo de seguridad! Están escribiendo una nueva historia”.

El propio Presidente calificó la acción como un duro golpe al contrabando todo el cargamento que se decomisó en dicha oportunidad; pero a un año del operativo, Aduanas liberó el 60% de los cigarrillos, principalmente de las marcas producidas por la tabacalera Tabesa, propiedad del expresidente de la República Horacio Cartes, porque supuestamente presentaron los documentos.

Solo un 40% de las mercaderías que ya estaban en las lanchas para ser trasladadas al Brasil por el lago de Itaipú fue declarado como contrabando, pero con la posibilidad de que la medida sea apelada ante el director de Aduanas, Julio Fernández, y posteriormente en la justicia.

Tras la liberación del cargamento, el único que se ratificó en que toda la carga es contrabando es el ministro de la UIC, Emilio Fúster; en tanto que el Presidente de la República se llamó a silencio.

Fúster también vía Twitter el año pasado posteaba sobre el gran trabajo en equipo realizado y citó para “mejor ilustración” el artículo 336 inc. a y c del Código Aduanero. “Exportar fuera de zona primaria, sin los documentos legales y en lugares y en horarios no habilitados. Ej. Ptos. cland.” (puertos clandestinos).

El referido artículo citado por el ministro define el contrabando y establece las acciones que constituyen: a) el ingreso o egreso de mercaderías por las fronteras nacionales, fuera de la zona primaria sin la documentación legal correspondiente; y c) el ingreso o egreso de una unidad de transporte con mercaderías en horas o por lugares no habilitados.

Aduanas, sin embargo, no consideró ninguna de estas disposiciones, ni siquiera la tentativa de contrabando establecida en el artículo 342 del Código Aduanero, para sancionar y simplemente optó por liberar la carga supuestamente porque presentaron la documentación que acreditan su legalidad, aunque las versiones indican que la decisión forma parte de la operación “cicatriz”, un acuerdo firmado entre el presidente Abdo Benítez y el expresidente Cartes, con acciones en el ámbito político y judicial, con lo que el primero se asegura la conclusión de su mandato y el segundo se protege y se fortalece.

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