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A principios del 2021, el Congreso decidió extender período del pago de subsidios –por parte del IPS– a trabajadores cuyos contratos quedaron suspendidos debido a la pandemia del covid-19. El gerente de Prestaciones de la Previsional señaló que se encuentran en proceso de formalización de la ley para poder desembolsar la ayuda económica cuanto antes.
“El 14 de enero se produjo la prórroga del artículo 46 de la ley de emergencia sanitaria que autoriza ese beneficio y otros más. Al salir, nosotros empezamos rápidamente todos los procesos propios de un gasto público de esa magnitud; es decir, la previsión presupuestaria, el obligar los pagos, tener el decreto reglamentario y estamos en eso. La esperanza es que esta semana podamos finiquitar y podamos pagar -ojalá- antes que termine enero o en la primera semana de febrero”, sostuvo.
Acotó que se encuentran “a contrarreloj” e insistiendo con las partes para que el proceso de formalización concluya en lo más breve posible.
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Con respecto a los pagos por maternidad, reposo o aislamiento por enfermedad, Halley señaló que desconoce que haya un atraso en el desembolso de forma general. No obstante, reconoció que existen casos puntuales en los que coinciden dos trámites de solicitud, por lo que deben ser evaluados.
“No tengo reporte de atraso en general. Pueden haber casos puntuales de atraso, que tenemos que resolver uno por uno, pero que tienen que ver con que la mora del empleador en el pago del aporte o que tiene que ver con maternidad; por ejemplo, justo la trabajadora estaba con suspensión del contrato y ahí nación la criatura; entonces, hay que ver qué beneficios le corresponden más”, refirió.
Explicó que, en los casos de aislamiento preventivo por covid-19, el IPS acredita un jornal mínimo (G. 84.340) por cada día de reposo, que –actualmente– son de 10 días. Mientras que el cálculo por encierro tras diagnostico positivo del nuevo coronavirus se realiza de forma proporcional al salario que percibe el trabajador.
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“Para la cantidad de días por aislamiento preventivo nos atenemos a lo que establece la autoridad sanitaria: 10 días es hoy, era 14 anteriormente. Cuando tu empleador comunica, se carga a nuestra planilla de aporte y entonces se paga 10 jornales mínimos legales. En cuanto al covid-19 positivo, es el médico tratante –del IPS o externo– el que pasa el certificado médico y ahí calculamos; la operación es: tu salario dividido por 30 por los días de reposo que te dieron y por el 50% (salario/30 x días de reposo x 50%)”, aclaró.
Finalmente, el gerente de Prestaciones del IPS reveló que se redujo la cantidad de trabajadores que percibieron la compensación económica por suspensión de contrato, pues en diciembre se pagó a 11.200 beneficiarios, cuando en junio se desembolsó a 103.000. Además, indicó que están gestionando para seguir acreditando el apoyo económico durante los próximos tres meses.