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En procura de salvar a Seprelad de las críticas, el Banco Central del Paraguay amenazó a los cambistas informales con intervenir las calles para evitar sus operaciones.
El Banco Central realizó su bravuconada a través de un comunicado en que advertía que “ninguna persona puede operar como corredor de cambios, sin encontrarse inscripto y habilitado en los registros correspondientes”.
Acto seguido agregaba: “De estar habilitado, el corredor realizará sus operaciones de compra y venta de moneda extranjera en la vía pública y/o zonas específicamente autorizadas”.
La advertencia del Banco Central fue dada a conocer en la tarde del martes último.
Tanto en la mañana como en la tarde de ayer recorrimos las calles Palma y Estrella: todo absolutamente normal. Los cambistas trabajando en la calle, cumpliendo su rutina habitual.
El Banco Central no tiene ninguna posibilidad de controlar el movimiento de dinero en la calle; de hecho, no tiene ninguna intención de hacerlo tampoco.
Para comprobar la falta de interés basta con recurrir a su página web: sólo hay 11 cambistas de la calle registrados. Según datos estadísticos de la Asociación de Casas de Cambios, alrededor de 10.000 cambistas operan en forma irregular en las calles de Asunción y las principales ciudades fronterizas.
Tabla de salvación
El Banco Central intentó arrojar una tabla de salvación a la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes (Seprelad) y desviar la atención que existe en torno a la resolución 248, de fecha 5 de noviembre de 2020.
La Seprelad dispuso que todas las operaciones cambiarias, a partir de mil dólares, deben contar con un certificado de origen del dinero.
La resolución 248/20 establece la obligación de justificar de dónde se saca el equivalente de mil dólares al momento de una operación en una casa de cambio.
El abogado Diego Marcet, de Seprelad, en procura de dar una explicación, señaló que “las casas de cambio no entienden bien cómo se aplica la resolución, por eso hay problemas”.
En la conversación mantenida en su oficina agregó: “Aparte, el cliente tiene hasta 60 días para entregar la documentación que se exige en la resolución”.
A partir de tres salarios mínimos hay que ir a una casa de cambios con un certificado de ingreso. Así de simple es la resolución.
¿Qué pasa si no entrega el justificativo de ingreso en 60 días? Seprelad está convirtiendo en sospechoso de lavado de dinero a todo ciudadano por el simple hecho de cambiar mil dólares.
El doctor Enrique Chase Plate, profesor titular de Derecho Administrativo y de Derecho Constitucional de la Universidad Nacional de Asunción, califica la resolución 248 como “un abuso en el ejercicio del derecho”.
No duda en sostener que el beneficiario “es el cambista de la calle”.