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El referido decreto, que se dio a conocer ayer, reglamenta el capítulo VII, sistema de crédito y deuda pública, sección I, de la Ley N° 6672 de Presupuesto General de la Nación (PGN) y la Ley N° 6638 conocida como ley de “bicicleteo”, para la emisión de bonos del Tesoro durante el ejercicio 2021.
El decreto reglamentario faculta a Hacienda a disponer, “mediante resolución ministerial”, las emisiones para administración de la deuda pública, hasta el límite del 40 % de la suma del valor nominal de todos los títulos ya emitidos y en circulación.
Los últimos datos de la cartera fiscal referentes a la cantidad de bonos en circulación indican que al mes de noviembre del año pasado representaba US$ 6.951,2 millones, por lo que a modo de referencia a esa fecha la emisión estará en más de US$ 2.780 millones.
Estos bonos le permitirán a Hacienda, sin necesidad de pedir autorización al Congreso para cada caso, “bicicletear” la deuda ampliando el plazo de vencimiento, principalmente mirando los bonos soberanos que deberán pagarse en 2023 por un monto de US$ 780 millones. En principio, las autoridades de la cartera habían anunciado que para este año buscarían canjear bonos por US$ 500 millones.
El decreto también autoriza a Hacienda a realizar, en el mercado local, así como en el internacional, todas las operaciones vinculadas a los títulos de deuda del Tesoro Público a precios iguales, superiores o inferiores al valor par (o valor nominal), en función al precio de mercado.
Añade, que las operaciones a precio inferiores o superiores al valor par procederán cuando las condiciones que predominen en los mercados financieros nacionales o extranjeros las justifiquen. “Para el efecto, en el marco de las emisiones en el mercado local a través de Licitación Pública Nacional, facúltase al Ministerio de Hacienda, por medio del Comité de Colocación de Bonos, de conformidad con el artículo 8 del Decreto N° 268/2013, a realizar la evaluación y aceptación o rechazo de los precios, en los términos del artículo 3° de la Ley N° 6638/2020 y de conformidad con sus funciones establecidas en el mencionado Decreto”, indica otra parte del decreto reglamentario.
Durante el estudio de esta ley los legisladores de la oposición calificaron de inconstitucional porque elude al Congreso, quien es el que debe autorizar el endeudamiento.
En lo que respecta al presupuesto, la ley autoriza a emitir hasta US$ 600 millones, la mayor parte para financiar los vencimientos de la deuda y la otra, para llevar a adelante inversiones en infraestructura.