Cargando...
Ante las dudas generadas con las restricciones sobre el uso de balnearios, piscinas y playas públicas, la Comuna emitió un comunicado que lleva fecha cuatro del corriente mes de enero, donde plantea algunas consideraciones sobre la norma.
“El vigente Decreto 4525 establece protocolos específicos para el desarrollo de distintas actividades públicas, pero no señala los que deben cumplirse en las playas comunitarias, sobre las cuales solamente se limita a disponer; en su Art. 7º, numeral 7; que: “No están habilitadas las piscinas de acceso al público, balnearios y playas”, sostiene.
Agrega que el exordio del Decreto deja aclarado que el bien jurídico protegido por la norma consiste en resguardar a la población contra el avance de la pandemia; objetivo ampliamente cumplido con la rigurosa aplicación de las previsiones establecidas en el documento oficial denominado “Protocolo Sanitario para el ingreso de visitantes en establecimientos con balnearios y playas, aprobado por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social”; que ha sido debidamente aprobado y notificado a la Municipalidad de Encarnación, en donde se establecen todas las medidas sanitarias a ser adoptadas para el uso de las playas; y cuyo cumplimiento se encuentra rigurosamente implantado por el municipio mediante el sistema conocido como “burbujas”; sostiene el profesional a través del documento divulgado por la Municipalidad.
El “formalismo” de una norma no prevalece sobre su “vigencia sustantiva”, sostuvo el letrado, y señaló que la comuna no realizará ningún trámite, y da por habilitado el uso de las playas “hasta nueva comunicación oficial y directa en donde se notifica que el protocolo ha dejado de ser vigente”.
El Ministerio de Salud hace ya varias semanas emitió el protocolo para las playas y demás espacios de veraneo, pero recién ayer emitió una resolución por la cual se establece el procedimiento para la habilitación de las playas, piscinas y balnearios, para lo cual se requiere de un trámite con permisos de la comuna, del Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (Mades) y del Ministerio de Salud.
Burbujas
El sistema de “burbujas” elaborado por la Comuna local consiste en espacios demarcados en el terreno, en los cuales cada grupo de veraneantes, en un número de seis como máximo por cada unidad, es asignado a una “burbuja”, separada de otras por una distancia mínima de cuatro metros. Cada burbuja está dispuesta en círculo en torno a un indicador, y tiene una sombrilla identificada con un número.
También se cumple un protocolo para el ingreso a las playas, consistente en el lavado de manos, control de temperatura, uso de tapabocas, registro de los datos personales y número de teléfono de cada sujeto. Una vez instalado en las “burbujas” no se exige el uso de tapabocas, salvo que los integrantes de cada grupo interactúe con terceros.
Un equipo de 100 funcionarios, divididos en dos turnos, compuesto por funcionarios de playa, policía municipal sanitaria policía de tránsito y bañistas se encarga de la vigilancia del cumplimiento de las normas de distanciamiento.
Mediante un sistema de parcelamiento de las playas de acuerdo a la superficie disponible se estableció el número de “burbujas” habilitadas. Para el caso de la playa San José, la más concurrida, se fijó un número de 787 “burbujas”, y una capacidad máxima de 4.722 personas. Para la playa Pacucuá, ubicada en el barrio San Isidro, la capacidad fue establecida en 410 “burbujas” y 2.460 personas como máximo. En la playa Mboika’ë el número de “burbujas” asignado es de 606, con una capacidad máxima de 3.636 personas.
Durante el primer fin de semana, de acuerdo a datos proporcionados por el administrador de la playa San José, Rafael Martínez, unas 10.000 personas visitaron el lugar durante los tres días (viernes, sábado y domingo). El día más concurrido, el sábado dos de enero, fue de unos 3.600 veraneantes.