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Paraguay estará sentado nuevamente en el banquillo de los acusados de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en marzo de 2021, por la demanda que planteó el exministro de la Corte Suprema Bonifacio Ríos Ávalos, quien exige que se lo restituya en el cargo, del que fue removido a través de un juicio político que culminó el 12 de diciembre de 2003.
La audiencia pública será de forma virtual y se iniciará a las 8:00 de Costa Rica (11:00 de Paraguay), según detalla la notificación remitida por la CIDH a la Procuraduría General de la República.
El documento agrega que el Estado paraguayo tiene tiempo hasta el lunes 4 de enero para remitir la lista de las personas que declararán como testigos y, así como la contraparte, para remitir la nómina de quienes participarán en la diligencia (como máximo 3 miembros para cada delegación).
La petición de Bonifacio Ríos Ávalos es la reposición en el cargo de ministro de la CSJ, así como los salarios caídos desde el 2003 y los gastos de representación.
“Nuestro interés principal al plantear esta petición es demostrar que separarle del cargo fue una aberración y que se violaron todos sus derechos. Él fue separado del máximo tribunal porque el entonces presidente Nicanor Duarte Frutos quería una Corte a su medida”, había manifestado la abogada Sara Parquet luego de la decisión de la CIDH que autorizó el inicio del juicio.
El caso
Ríos Ávalos fue destituido de la Corte Suprema junto a Carlos Fernández Gadea (ya fallecido) en el 2003. Seis años después, en el 2009, la Sala Constitucional integrada por los camaristas Juan Recalde, Meneleo Insfrán y Florencio Almada resolvió que el exministro debía ser restituido en el cargo.
Los camaristas terminaron enjuiciados y destituidos por el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y tras esta acción del JEM, el pleno de la máxima instancia judicial había declarado la privación de eficacia de esa sentencia que ordenaba la restitución de Ríos Ávalos.
Luego de varios años el exministro de la CSJ solicitó una aclaratoria y el 11 de setiembre de 2019 la Sala Constitucional se pronunció utilizando el polémico fallo del 30 de diciembre de 2009, que reponía a Ríos Ávalos.
Un mes después, la Corte anuló dichas notificaciones y ratificó que la reposición no tiene efecto jurídico.