El Senado sancionó la nueva ley del uso obligatorio del tapabocas

Quedó sancionado el nuevo proyecto de ley que establece la obligatoriedad del uso del tapabocas, norma que reemplazará a la ley N° 6.655/2020 que fue promulgada por el Poder Ejecutivo y que será derogada. En el nuevo texto se establecen las sanciones previstas para casos de incumplimiento de la ley así también el procedimiento a seguir para el registro de infracciones.

El uso de tapabocas, distanciamiento y lavado de manos constante pueden evitar la explosión de casos.
El Senado sancionó la nueva ley de uso obligatorio de tapabocas.Archivo, ABC Color

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La Cámara de Senadores sancionó la nueva versión de la ley del uso obligatorio del tapabocas, un texto que fue elaborado por el Poder Ejecutivo para corregir falencias y errores que se establecieron en la normativa N° 6.655/2020 que será reemplazada.

La nueva ley aclara el alcance y las sanciones a los infractores además de disponer las autoridades y la forma de aplicación de esta. “Ante el presunto cometimiento de una infracción, la Policía Nacional deberá actuar de oficio o ante denuncias constituyéndose en el lugar del hecho. Una vez en el lugar, labrará acta con la presencia de dos testigos e identificará al agente responsable, al propietario u ocupante del lugar y a todas las personas infractoras que estén presentes. El acta contendrá la identificación de los infractores y el hecho constitutivo de la infracción que se les atribuye”, explica la ley.

También deja en claro que se informará del hecho al Juzgado Penal de la Adolescencia competente que convocará a una audiencia en un plazo de 72 horas a fin de que las personas comparezcan con su abogado. Y en dicha audiencia se encargará de imponer la sanción teniendo en cuenta las pruebas producidas y los testimonios.

Las sanciones serán establecidas teniendo en cuenta la gravedad de la infracción y dispone trabajo comunitario de hasta 30 días (para los que no puedan pagar las multas); multa de cinco (5) a doscientos (200) jornales mínimos; cierre temporal por diez (10) días del local en el que se constatara la infracción; cierre permanente del local o suspensión definitiva de la actividad regulada, cuando se constatara reincidencia de infracciones.

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Durante el debate varios senadores cuestionaron la forma de aplicación de la ley que involucra a la Policía Nacional y a los juzgados de la adolescencia.

La senadora Esperanza Martínez fue duramente crítica con el Ministerio de Salud con relación a dicha ley que considera “imposible de aplicar”. Subrayó que más que una norma que obligue a usar tapabocas se necesita una buena campaña de concienciación para que las personas entiendan la importancia de la incorporación de las medidas sanitarias.

Por su parte, la senadora Desiree Masi, aunque argumentó por la aprobación de la ley, expresó estar de acuerdo con la posición de la senadora Martínez y recalcó que la cartera sanitaria necesita mejorar la comunicación y mejorar las campañas para instruir a la ciudadanía en el uso del tapabocas. “Aprobemos y veremos si funciona o no”, sostuvo.

A su vez, Sergio Godoy también se refirió a la nula publicidad hecha por el Ministerio de Salud sobre el uso del mascarillas e hizo hincapié en que esta ley emanada del Poder Ejecutivo cambió el espíritu de la anterior que otorgada una sanción administrativa y ahora se convirtió en un procedimiento policíaco.

Ramón Romero Roa cuestionó al ministro de Salud Julio Mazzoleni a quien acusó “de mal desempeño de sus funciones”, por no hacer cumplir lo establecido en la ley ya sancionada. Cuestionó que no se hayan hecho campañas de mayor envergadura para instalar en la población la necesidad del uso de los tapabocas. Fue enfático en sus afirmaciones sobre la ineptitud del Poder Ejecutivo para redactar leyes y fustigó a las autoridades por elaborar normativas que van contra lo establecido en la Constitución Nacional.

Finalmente, se llevó a votación y por mayoría la nueva ley quedó sancionada y pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación.

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