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La cartera fiscal ya está preparando en el calendario tentativo para realizar el tercer pago del programa Pytyvõ 2.0 y, en principio, planea acreditar los G. 500.000 antes de Navidad.
La Ley Nº 6587, que establece el programa Pytyvõ 2.0, autoriza a efectuar el tercer pago con la condición de que los trabajadores por cuenta propia estén inscriptos ante la SET como contribuyentes.
El viceministro de Tributación, Óscar Orué, participó ayer del programa “Enfoque Económico”, que se transmite por ABC 730 AM, y al respecto anunció que desde esta semana inscribirán a 480.000 personas físicas como contribuyentes del régimen simplificado para pequeñas empresas (Resimple), del Impuesto a la Renta Empresarial (IRE).
Orué explicó que serán inscriptos de oficio y se les depositará el subsidio de G. 500.000, pero si el beneficiario prefiere no ser contribuyente del fisco no deberá retirar el dinero de la cuenta y al cabo de un mes, cuando los fondos retornan al Tesoro, tendrá que ir a las oficinas de la SET o enviar un correo para solicitar que se le cancele el Registro Único de Contribuyentes (RUC), trámite para el cual tendrá 30 días de plazo.
Los contribuyentes del Resimple pagan G. 20.000 mensuales en concepto de impuesto, lo que al año representa G. 240.000.
El viceministro indicó al respecto que extenderán en el próximo año la resolución que habilita a abonar recién en tres meses, para dar más tiempo a la gente a que se recupere en su actividad económica y tenga un mayor respiro.
El tercer pago del Pytyvõ 2.0 se financiará con US$ 50 millones provenientes de un préstamo que Hacienda está gestionando ante la Corporación Andina de Fomento (CAF), apuntando a beneficiar a 770.000 cuentapropistas. Una vez concretado este nuevo crédito, la cartera establecerá la fecha de inicio de los desembolsos.
ISC, IRP, IVA
El viceministro también confirmó que desde el próximo año las tasas del impuesto selectivo al consumo (ISC) volverán a su porcentaje anterior. Aquellos productos cuyas tasas se redujeron a 7%, desde enero de 2021 volverán al 11%.
Además, se aplicarán las retenciones del IRP en rentas provenientes de juegos de azar para montos que superen G. 500.000, aplicando una tasa del 8%.
Igualmente se aplicará el Impuesto a la Renta de No Residentes (INR), para la provisión de servicios digitales de proveedores del exterior y el IVA al momento de la adquisición desde el territorio nacional, de servicios digitales de personas domiciliadas o entidades constituidas en el exterior del país, así como empezará a regir el denominado precio de transferencia.