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Junto con la decisión de la Corte Suprema de Justicia de no hacer lugar a la acción de inconstitucionalidad presentada por la firma “Atlántico Importación-Exportación SA”, también se levanta la medida cautelar que suspendía el pago de derecho a autores paraguayos por hacer copias privadas en aparatos electrónicos.
Justamente por este conflicto, a principios del mes de noviembre, músicos, autores, intérpretes, productores fonográficos y otros habían protestado frente al Palacio de Justicia, pidiendo ser escuchados por los ministros de la Corte para que no se les suprima este pago por copias privadas, compensación a la que tienen derecho por haber creado las obras.
La medida cautelar que ahora fue rechazada por la Corte es contra los acuerdos y sentencias 700 y 1.236, que afectaban el derecho de remuneración compensatoria y que podía llegar a recortar estas ganancias de los artistas hasta en un 50%.
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La empresa de Ciudad del Este (Atlántico Importación-Exportación SA) presentó la acción contra el decreto 4.212/2015 por el cual se reglamenta el capítulo IV, “De los Derechos de Remuneración Compensatoria”, de la Ley N° 1.328/1998, “Derechos de Autor y Derechos Conexos”.
Si bien en un principio las resoluciones de la Sala Constitucional, integrada por los ministros Antonio Fretes, Miryam Peña y César Garay, dieron trámite a la mencionada acción de inconstitucionalidad a favor de la firma “Atlántico Importación-Exportación S.A”, con la promesa de que le darían un mejor estudio, pues la presentaron como medida cautelar de urgencia, finalmente ahora la decisión de los ministros dio un giro y rechazaron el recurso legal interpuesto por improcedente.