Contrabando tendría 10 años de cárcel

Con el objetivo de desalentar la introducción ilegal de mercaderías al país, la reforma del Código Aduanero propone aumentar de 5 a 10 años de cárcel el castigo por ese hecho punible.

El director de Aduanas, Julio Fernández (1º de la izq.), en la reunión con UIP, ayer.
El director de Aduanas, Julio Fernández (1º de la izq.), en la reunión con UIP, ayer.Archivo, ABC Color

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La directora jurídica, Giselle Lampert, y el director de Procedimientos, Cristian Paredes, de la Dirección Nacional de Aduanas (DNA), comentaron acerca de las innovaciones del Código Aduanero en reunión con empresarios, ayer en la sede de la Unión Industrial Paraguaya (UIP). Se trata de la primera socialización formal de estos cambios y el fin es consensuar con el sector privado para luego presentar el proyecto al Congreso.

El director de la DNA, Julio Fernández, explicó que se considera necesaria la reforma para ajustarse a los tiempos modernos, una mejor organización del documento y disminución de la cantidad de artículos del mismo, así como su adaptación a normativas internacionales. Lampert indicó al respecto que la propuesta cuenta con 250 artículos, a diferencia de 398 que contiene la ley N° 2422/04, actualmente vigente.

Entre las novedades está el aumento de 5 a 10 años de pena privativa de libertad por el hecho punible de contrabando. Lampert explicó que se busca desalentar el ingreso ilegal de mercaderías y proteger a los productores del país, quienes cumplen con el pago de los tributos y sufren competencia desleal en cuanto a los precios en el mercado.

Además, se hace un mayor énfasis en la utilización de sistemas informáticos y en procesos digitales y se establece el carácter de declaración jurada a la información suministrada.

Otro aspecto es la eliminación de las “faltas administrativas y falta aduanera por diferencia”, y se las reemplaza por infracciones, que podrían ser “leves”, “defraudaciones” o “contrabando”. En este último caso, se elimina la diferencia del área de la detección de las mercaderías sin documentos que respalden su importación (no importa si es incluso en zona primaria), se incluye la aplicación de sanción a la tentativa de contrabando y se establecen las mismas que se aplicarían para la consumación del hecho.

Asimismo, no se exonerará la responsabilidad penal si es que el responsable reincide en el mismo año en contrabando y las cuantías sumadas superen los US$ 500. Lampert especificó que este ítem está vinculado con el lavado de dinero. También se creará el Registro Nacional de Instrucción de Sumarios.

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