Cargando...
Para la Sindicatura de Quiebras de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) la declaración de quiebra solicitada por la empresa Mocipar debe entenderse como una conducta dolosa.
Esto fue expresado por el síndico asignado al caso quien elevó un pedido al juzgado para establecer dicha calificación y notificar de ello al Ministerio Público.
Entre los motivos para suponer la conducta dolosa, el síndico argumentó que la empresa “ha supuesto varios gastos, que han llevado a la pérdida en el ejercicio del año, del balance presentado, pero que no han sido justificados con la documentación respectiva, ni con los libros contables", en contra a lo establecido por la ley.
También menciona que Mocipar ocultó activos, ya que la lista de rodados presentado por los mismos no coincide con los existentes dentro del Registro Único del Automotor a nombre de la misma, ni tampoco han agregado lista de posibles poseedores o tenedores de los mismos, según datos arrojados por el estudio del balance presentado por esta.
Nota relacionada: Una de las empresas del Grupo Mocipar se declara en quiebra
Entre tanto, el sindico señaló que entre las cuales más preocupantes por las que piden establecer en dolo en la conducta es que Mocipar simuló deudas. “Es este uno de los puntos mas evidentes y preocupantes, ya que dentro del balance agregado por la fallida, se desprende del ítem “Documentos a Pagar” y tomando en cuenta que uno de los supuestos acreedores fue director de la fallida, pero que el mismo al presentarse al juicio de Quiebra lo ha realizado con la simple intención de tomar intervención como tercero sin ánimos de reclamar, y supuestamente se encuentra ya desvinculado de la empresa desde el Año 2017; y, también se encuentra como acreedor de la firma “Mocipar” Propiedades, que se trata nada más y nada menos que de la misma empresa, y del mismo director, la cual también se encuentra en Quiebra; y, ante la inexistencia de documentos que acrediten hasta la fecha fehacientemente la deuda que la fallida manifiesta, se interpreta como simulación”, conforme reza en el documento remitido al juzgado.
Otro de los motivos esgrimidos indica que pese a haber presentado la quiebra Mocipar siguió cobrando cuotas a sus socios, emitiendo solo recibo de pago de estas transacciones.
Además, Mocipar no ha presentado ni puesto a disposición los libros contables, que acrediten lo existente dentro del Balance General del ejercicio 2019. “En base a este relato desmembrado y sintetizado de hechos aislados, y, que sin sumergirnos en la profundidad de los mismos, y, sin tomar en cuenta otras posibles causales de calificación dolosa, es menester de esta Autoridad, determinar que la fallida, ha incurrido en varios hechos, que conllevan, únicamente a calificar esta conducta patrimonial como DOLOSA”, concluyó el sindico en su informe.