Ley de insolvencia amenaza bienes de deudores, advierten

Durante una audiencia pública, varios diputados concluyeron ayer que el proyecto de ley de insolvencia que presentó el Ejecutivo pondrá los bienes de deudores en manos de acreedores con apenas dos cuotas impagas.

PRINCIPALES CRÍTICAS A LA CUESTIONADA "LEY DE INSOLVENCIA"
PRINCIPALES CRÍTICAS A LA CUESTIONADA "LEY DE INSOLVENCIA"Archivo, ABC Color

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Diputados del Partido Patria Querida (PPQ) y del Partido Liberal Radical Auténtico (PLRA) cuestionaron el proyecto de ley que presentó el Gobierno de Mario Abdo Benítez, que pone prácticamente en estado de indefensión al deudor ante el acreedor, incluidos usureros. Además, agregaron que este no es el mejor momento para sancionar y promulgar una iniciativa como esta porque la pandemia golpeó económicamente muy fuerte a varios sectores.

La iniciativa ya se aprobó en Senado sin objeciones y ahora Diputados tiene tiempo hasta el 13 de noviembre para rechazar, caso contrario tendrá aprobación ficta.

El diputado Celso Kennedy (PLRA) pidió a sus colegas rechazar la norma porque en esta pandemia las empresas no pueden tener previsibilidad del flujo de caja para hacer frente a la situación. Pidió que sea analizada en el 2023.

La diputada Rocío Vallejo (PPQ) dijo que en el 2019, año en que se presentó el proyecto, el contexto era distinto. Cuestionó que se establezca que el estado de insolvencia se manifieste ya con apenas dos cuotas impagas de una deuda, a iniciativa del acreedor ante un juez. Agregó que la reestructuración que plantea la norma solo se puede aplicar a grandes empresarios, no así a una hamburguesería o pizzería, que pueden tener uno o dos acreedores máximo.

También se refirió al polémico artículo 9 del deber del deudor comercial. Indicó que con dos incumplimientos de la deuda deberá (obligatoriamente) presentarse en un plazo de 90 días ante el juzgado, pidiendo la convocación de acreedores, su quiebra, la apertura de homologación judicial, o un acuerdo extrajudicial, y el plazo corre a partir del segundo incumplimiento de la deuda. Alertó que si no se presenta el deudor ante el juzgado dentro de los 90 días, el acreedor puede solicitar la quiebra.

Vallejo criticó que el juez pueda establecer como “medida de seguridad” la inhibición total de los bienes. El síndico de Quiebras Daniel Correa rechazó el proyecto al señalar que están en contra de la sindicatura privada, que no beneficiará a nadie. Añadió que el deudor deberá pagar todos los gastos que implica el juicio, además del honorario del síndico (no menos de cinco salarios mínimos). “Crean una deuda al deudor”, dijo.

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