Rechazo a ley de insolvencia es solo por la “sensibilidad”, aseguran desde BCP

El Dr. Fernando Filártiga, miembro del directorio del Banco Central del Paraguay, aseguró que el rechazo al proyecto de ley de insolvencia se da por la existencia de “temores que surgen de la alta sensibilidad que vivimos”. Resaltó que el documento es debatido desde 2011 y contó con el apoyo de numerosos especialistas y consultores internacionales.

Miles de negocios han cerrado sus puertas en el marco de la cuarentena sanitaria y requieren de  auxilio financiero para poder reactivar  sus emprendimientos.
Miles de empresa han cerrado o se encuentran en estado de insolvencia debido a la crisis económica de la pandemia.Archivo, ABC Color

Cargando...

“Al revisar el texto sancionado van a darse cuenta de que muchos son temores que surgen del momento de alta sensibilidad que vivimos, porque la ley en sí es una ley que, al contrario, hace más ágil, transparente y moderno el instituto de la insolvencia… Hace más transparente el proceso”, aseguró el Dr. Filártiga esta mañana.

Aseguró que el debate en torno al proyecto se inició en 2011, por lo que es producto de al menos 10 años de estudio para plantear una ley más moderna y ajustada al estándar de mejores prácticas.

“Lastimosamente, es un momento de mucha tensión, un contexto muy difícil y el solo hecho de plantear la palabra quiebra, convocatoria de acreedores e insolvencia en general genera una sensibilidad muy especial y entendible en este contexto”, evaluó.

Recalcó en varias ocasiones que es un tema “muy sensible”, pero acotó que no busca dar derechos excepcionales o fortalecer la figura del acreedor, sino crear un ambiente más consensual que el de hoy. “El sistema permitirá síndicos privados, cercanía, lograr ciertos consensos, es una figura que se incluye y hace no solamente al concepto de quiebra sino al modelo de gobernanza y eficiencia”, puntualizó.

Lea también: Ley de insolvencia es “inaplicable y será catastrófica”

Sobre las críticas de la multibancada, primeramente se refirió a la cuestión de plazos para solicitar un acuerdo con el acreedor. “Es un plazo que hoy no existe y se prevé un plazo bastante amplio, tres meses, noventa días, que se computan recién a partir del segundo incumplimiento de obligaciones de cualquier naturaleza o carácter”, aseguró.

Afirmó que es un plazo “bastante razonable”, pero solo en el contexto de la pandemia “genera sensibilidad”.

En cuanto a los honorarios de los síndicos, dijo que el documento prevé que se determinan sobre el monto del activo prudencialmente estimado por el juez. “Una proporción no inferior al 1% pero con un tope del 4%, teniendo en cuenta siempre la labor realizada, la complejidad del asunto y la calidad de la tarea de la gente”, señaló, sin aclarar los montos o quiénes van a pagarlos, que es principal cuestionamiento.

Filártiga aseguró que el proyecto de insolvencia se aplica para todas las empresas, pequeñas o grandes. “Es una cuestión de hecho, pero no hay una prohibición de derecho”, se limitó.

Finalmente, señaló que hay muchas cuestiones que son materia de reglamentación y que esta ley puede ser reglamentada en muchos de sus puntos.

Lea además: Ley de insolvencia empeorará crisis económica pospandemia, afirman

El proyecto de ley cuenta con más de 300 artículos en total, que -según los diputados- son sumamente técnicos y deben ser analizados minuciosamente.

De acuerdo a un resumen compartido por Hacienda, este proyecto incluye un plazo de 90 días para que los deudores puedan solicitar su convocación de acreedores, quiebra o la homologación del acuerdo extrajudicial. Afirman que esos días se contarán a partir del segundo incumplimiento de pago.

Asimismo, se destaca que se incorpora la posibilidad de realizar la solicitud de convocatoria de acreedores, figura que anteriormente no estaba prevista y “produce importantes efectos destinados a proteger la integridad de los bienes”.

También se reduce el plazo máximo con que cuenta el juez para resolver la admisión o el rechazo de la solicitud de 25 días a nada más 10.

El punto que más destacan los proyectistas es que se crea la figura del “Acuerdo extrajudicial de reorganización”, que una vez homologado por el juez posee los mismos efectos jurídicos que el concordato.

En el resumen de Hacienda se habla de los honorarios de los síndicos pero no se aclara quiénes tendrán que pagarlos, solo se resalta que ya no dependerán del Presupuesto de Gastos de la Nación.

El proyecto fue presentado en 2019 y aprobado en el Senado el mes pasado, sin trascender mediáticamente. Los cuestionamientos surgieron recién ayer, día en que se llevaron a cabo audiencias públicas con representantes de diversos sectores afectados.

Desde la multibancada afirman que debe ser rechazado porque afectará a miles de mipymes y que va a ser catastrófica para todas esas empresas afectadas por la pandemia del nuevo coronavirus y totalmente inaplicable con la actual realidad económica.

Nota relacionada: Ley de insolvencia amenaza bienes de deudores, advierten

PRINCIPALES CRÍTICAS A LA CUESTIONADA "LEY DE INSOLVENCIA"
PRINCIPALES CRÍTICAS A LA CUESTIONADA "LEY DE INSOLVENCIA"
Enlance copiado
Content ...
Cargando...Cargando ...