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El motivo de la anulación del auto de apertura del juicio oral y público es que se deben corregir algunos defectos que hacen a las garantías de defensa, según argumenta la defensa del ex asesor jurídico de Yacyretá. Además, la causa pasará a otro juez.
El juicio fue suspendido mediante un recurso de apelación interpuesto por el abogado Mario Aníbal Elizeche, en representación de Luis Canillas Vallejo, contra el auto de apertura del juicio oral. Con la presentación de este recurso logró que el Tribunal de Apelación integrado por los magistrados Emiliano Rolón, Óscar Rodríguez y Arnulfo Arias anule la apertura del juicio que pretendía iniciar la querella entablada por la senadora Desirée Masi contra Luis Canillas.
Según plantea la defensa técnica en el documento, la resolución recurrida es injusta y arbitraria, violentando los derechos de la defensa en juicio y los derechos procesales.
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Dicen que no les dejaron presentar pruebas
Además, entre otros argumentos, la defensa de Canillas alega que el juez no otorgó la posibilidad de ofrecer medios probatorios a la defensa técnica que deberían producirse en el juicio oral y público. Por otro lado, según el abogado defensor menciona en su escrito de agravios, como no existió en ningún momento ánimo conciliatorio entre las partes, considera que debería convocarse a juicio oral con las reglas del juicio ordinario.
El documento menciona además, entre los argumentos de la defensa, que “el juez ha omitido el ofrecimiento de pruebas para la defensa al no mencionárselo en el auto interlocutorio impugnado”. Ante todo esto, el defensor solicita como propuesta de solución que se revoque la resolución apelada.
Afirman que ellos dejaron pasar el plazo
La querella, por su parte, contestó que la defensa de Luis Canillas sí fue intimada a ofrecer pruebas y dejó transcurrir el plazo de cinco días, por lo que, como consecuencia, “perdió el derecho de hacerlo”.
El oficio rememora que la audiencia de conciliación fue el 15 de julio y como prueba menciona que el acta está firmada por el querellado y sus defensores. Además, alega que la decisión no fue recurrida por los mismos. Como propuesta de solución, la querella solicita que se confirme el auto interlocutorio recurrido.
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Ante los argumentos expuestos, la contestación del Tribunal de Alzada es que la propuesta de la querella autónoma, de no permitir el ejercicio de la garantía de defensa y pretender que se dé por decaído el derecho dejado de usar por extemporáneo, “es un despropósito, pues de admitírselo no haría falta ya el juicio público, sino que significaría la revitalización de la lógica inquisitorial en donde se producirán pruebas solamente de la querella autónoma”, respondió el Tribunal.
Por otro lado, los magistrados recordaron a las partes que las pruebas deben ser ofrecidas y admitidas para el juicio oral “y la temporalidad de su planteamiento dependerá de la visión estratégica de la defensa”. Añaden que el plazo de cinco días otorgado “es artificioso y sin sustento dogmático”, pues las normativas de procedimiento “no prevén el momento para la presentación de medios probatorios”.
“Los cinco días como término para interponerlos fueron utilizados solo como punto de partida”, explican los juzgadores.
En conclusión, el Tribunal de Apelaciones en lo penal Cuarta Sala resolvió:
Juicio anulado de oficio
Anular de oficio el Auto Interlocutorio N° 114 de fecha 27 de julio de 2020 dictado por el juez penal de sentencia Darío Báez, de conformidad al artículo 171 del Código Procesal Penal, “debiendo el juzgador correspondiente expedirse sobre los puntos examinables para un auto de apertura del juicio, previendo la presentación de los mecanismos de defensa para dicha parte de la relación procesal”.
Es decir, se deben corregir varios de los puntos que permitirán que la defensa tenga suficientes garantías para alegar en el juicio, y esta corrección estará a cargo de un nuevo juez.
Todo comenzó con un corpóreo
Este proceso judicial se inició en marzo de 2018 cuando la senadora querelló al abogado Luis Canillas por difamación, calumnia e injuria, luego de que en un video que se hizo viral se observó al entonces asesor jurídico de Yacyretá junto a un corpóreo de la parlamentaria, insultándolo con palabras y gestos.
El 17 de agosto del mismo año, el director de la EBY, Nicanor Duarte Frutos, dio por terminadas las funciones de Canillas, quien se desempeñaba como asesor jurídico del Comité Ejecutivo y del Consejo de Administración de la binacional.
No hubo conciliación
El 15 de julio, luego de tres audiencias frustradas, finalmente se realizó la audiencia de conciliación en el marco de la querella impulsada por la senadora del Partido Democrático Progresista (PDP).
Como primera medida, Canillas planteó abandono de querella, debido a la inasistencia de la parlamentaria. Este recurso fue descartado por el magistrado debido a que la querellante otorgó poder especial a su abogado Guillermo Duarte Cacavelos para representarla. Posteriormente, la defensa planteó reposición contra esta decisión, que tampoco prosperó.
Disculpas no se aceptaron
Ante la imposibilidad de truncar la audiencia, Canillas ensayó una suerte de disculpas, al señalar que se trató de una reunión privada, específicamente una cena con amigos, y que él nunca quiso que se hiciera pública. Canillas agregó que no llevó los corpóreos, sino que lo hizo un amigo al que no identificó.
Las disculpas fueron rechazadas por el representante de la senadora Masi, que se ratificó en su pedido de juicio oral y público.
En ese momento, el abogado querellante adelantó que en el juicio van a pedir pena de composición (reparación económica).