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La publicación periodística se hace eco del hecho de que el agente de la Policía Federal debía acudir a la oficina de Migraciones en Pedro Juan Caballero para el procedimiento de expulsión de un ciudadano brasileño detenido en mayo pasado en la localidad de Zanja Pytã. El agente se encontraba de civil y se habría negado a identificarse.
Al respecto, el comunicado señala que los integrantes de la Policía Federal de Brasil son agentes de policía civil de las fuerzas de seguridad, y como tales no visten uniformes. Añade que, por lo tanto, las observaciones dadas en la publicación sobre el no uso de uniformes por parte del agente retratan la realidad, pero también aclara que corresponden a la vestimenta habitual del profesional para ese tipo de diligencias, de acuerdo con la práctica profesional y la legislación brasileña.
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El material periodístico dice que el policía se habría negado a identificarse. Sin embargo, se hizo efectiva la entrega del preso, dice el comunicado, cosa que no podría suceder sin que el mismo presente una identificación válida.
Lo que no se aclara en el comunicado es que el mencionado agente se identificó ante las autoridades migratorias, una vez que éstos comparecieron en la línea internacional, no así ante los efectivos militares que se encontraban en el sitio.
En cuanto al hecho de que el agente se haya negado a ingresar a la oficina de Migraciones (ubicada en la otra vereda de la calle), según el Sindicato no existía la necesidad de que el agente salga del territorio brasileño e ingresar a Paraguay. El agente de la Policía Federal –sigue el comunicado- solo puede ingresar a otro país en una misión oficial con autorización formal de la Policía Federal.
Según el Sindicato, el agente en cuestión actuó correctamente al no ingresar al territorio vecino, y este hecho no ocasionó perjuicio al procedimiento, y la entrega efectiva del preso concluyó de manera eficiente.
Así, se demuestra el pleno cumplimiento de los deberes legales, además de los propios esfuerzos de la Policía brasileña para cumplir con las reglas de reciprocidad entre autoridades nacionales y extranjeras, especialmente porque el agente intentó tres veces completar la entrega del preso, sin embargo, -dice-, no hubo acceso a las autoridades paraguayas competentes, debido al cierre de la frontera por parte de las autoridades paraguayas.
Por lo tanto, el éxito de la diligencia realmente dependía de la presencia de las autoridades paraguayas en el lugar, siendo que, al final, las autoridades brasileñas y paraguayas concluyeron el trámite de manera efectiva, concluye el escrito.