Senado aprueba reglamentación de pérdida de investidura, sin acuerdo sobre mayoría requerida

Con 23 votos a favor, 11 en contra y 11 ausentes, la Cámara de Senadores aprobó en general el proyecto de reglamentación del artículo 201 de la Constitución Nacional sobre la pérdida de investidura. El artículo controversial que establecía la mayoría requerida para darse la expulsión, al no encontrar acuerdo y darse un empate en la votación, quedó testado. Otro punto controversial es que permiten extinguir una causa si no se define en cinco meses. El proyecto pasa a Diputados.

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El punto controversial del proyecto es el que plantea la mayoría necesaria para proceder a la expulsión de un legislador, exigiendo necesariamente que estén presentes todos los senadores, y en el caso de ausencias, sean reemplazados por sus suplentes, pero principalmente se debatió la mayoría necesaria para proceder a la expulsión de un par. Ambos puntos no encontraron acuerdo, por lo que se omitieron.

El senador Víctor Ríos planteó una mayoría absoluta para la expulsión (23 votos), mientras que la senadora Desiré Masi mocionó una mayoría simple (la mitad más uno de los presentes). Fernando Silva Facetti, por su parte, propuso mayoría absoluta de dos tercios (30 votos requeridos) para la expulsión de un parlamentario.

La moción Masi y Ríos empataron con 15 votos, mientras que la de Facetti recibió tres votos y se registraron 12 ausencias, por lo que el artículo 8, que debía establecer la mayoría, quedó testado y sigue siendo un punto controversial. Cabe recordar que la Constitución Nacional no establece una mayoría específica, y en dichos casos correspondería aplicar la mayoría simple.

“No se obtiene la mayoría y queda rechazado el artículo octavo”, indicó el presidente Óscar “Cachito” Salomón, con lo que también queda sin efecto el artículo que establecía que: “La Cámara será convocada en un plazo no mayor de 5 días posteriores a la sesión prevista en el artículo anterior para deliberar y resolver sobre la pérdida de investidura o la solución del mismo” y donde se intentó meter el asunto de la mayoría requerida.

“Lo cierto es que ninguna de las mociones tuvo ninguna mayoría, entonces tenemos una reglamentación una definición de mayoría (...), y así va a Diputados así que veremos si ellos incorporan que tipo de mayoría”, sostuvo Masi en conversación con ABC.

Otros puntos controversiales que si quedaron en el proyecto aprobado es que ahora se requerirá de al menos un tercio de los legisladores de la respectiva cámara para presentar un pedido de pérdida de investidura. También se estableció un plazo relativamente corto para la extinción de las denuncias en el caso de ser congeladas.

“En caso de que no se inicie el proceso en un plazo de 5 meses, la denuncia será archiva con los efectos previstos en el artículo anterior. Si el proceso fuera iniciado y no procediera en el plazo de 5 meses contados desde la denuncia, igualmente se extinguirá la causa del pleno derecho con los mismos efectos previstos en el artículo anterior”, indica el artículo 14 que fue aprobado.

Durante el debate el senador Víctor Ríos, señaló que en caso de una resolución condenatoria esta deberá ser fundada en hechos y derechos analizados en el proceso y ser consecuentes con los principios de congruencia y racionalidad. “En caso de ser resuelta la pérdida el legislador cesará en sus funciones y perderá privilegios debiendo ser convocado el suplente.

Si no se encuentran fundamentos para la pérdida de investidura, el indiciado conserva su banca y no se le podrá iniciar nuevo proceso basado en los mismos hechos”, expresó.

Dijo además que el artículo 14 del dictamen, en caso de que se inicie el proceso, habrá cinco meses para que acabe el juzgamiento. Caso contrario, se archivará. También dijo que la propuesta establece que nadie podrá ser juzgado por el mismo hecho. “Si el parlamentario es absuelto no podrá ser objeto de otro proceso por el mismo o los mismos hechos”, explicó.

El senador Stephan Rassmussen pidió que la reglamentación se rechace, pues la Constitución Nacional no la requiere en lo que respecta a la pérdida de investidura.

“Lo otro que se discute es el tipo de mayoría necesaria para aplicar el artículo 201. La Constitución establece en el artículo 285 las mayorías, salvo los casos que en la Constitución establezca las mayorías calificadas, entonces se tomarán las decisiones por mayoría simples de votos de los miembros presentes. El artículo 201 no establece mayoría calificada, entonces claramente se tiene que decidir por mayoría simple”, alegó.

Por su parte, Desirée Masi sostuvo que para la expulsión de un legislador corresponde la mayoría simple, no la calificada.

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