Aprueban regulación de reembolso por cancelación de eventos y espectáculos durante la pandemia

Un proyecto de ley que establece que el responsable o promotor de eventos artísticos o de espectáculos, en general, no estará obligado a reembolsar durante la pandemia importes abonados parcial o totalmente por el consumidor, en caso que se haya cancelado el servicio como consecuencia de la declaración de la emergencia sanitaria por Covid-19 cuenta con media sancion.

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Cámara de Diputados,

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Por unanimidad, la plenaria de la Cámara de Diputados concedió media sanción al proyecto de ley “Por el cual se adoptan medidas transitorias para los casos de cancelación de servicios, reservas y/o eventos en los sectores de espectáculos y entretenimiento, a consecuencia de la declaración del Estado de Emergencia”; documento que fue presentado con carácter de urgencia por un total de 12 diputados de diferentes partidos.

Según la página web de la Cámara baja en su carácter de titular de la Comisión de Presupuesto, el diputado Tadeo Rojas (ANR-Central), aconsejó la aprobación de la propuesta y apuntó que el mencionado documento otorga un marco legal transitorio, a los efectos de prever una salida jurídica para todas las partes, eventualmente, afectadas en la relación de consumo, en lo relativo a la cancelación de servicios, reservas y/o eventos en los sectores de espectáculos artísticos y culturales, exclusivamente, como consecuencia de las medidas sanitarias y restricciones dispuestas durante la pandemia. Acotó que la iniciativa no tiene ningún impacto presupuestario.

El legislador Ángel Paniagua (ANR-Central), presidente de la Comisión de Industria, Comercio, Turismo y Cooperativismo, secundó la moción. “La propuesta se refiere al plazo que se necesita, por un año, luego de finalizada la pandemia del COVID-19, por lo que el objetivo es, netamente, resarcir los gastos que tienen los empresarios de eventos”, esgrimió.

Recordemos que el Decreto N° 3.442/2020 de fecha 9 de marzo del 2020 “Por el cual se dispone la implementación de acciones preventivas ante el riesgo de expansión del Coronavirus (COVID-19) al territorio nacional”, se dispuso, entre otras cosas, la suspensión de eventos y espectáculos públicos o privados de concurrencia masiva (conciertos musicales y otros) y; todo tipo de actividades en lugares cerrados (cines, teatros, clubes, discotecas, etc.).

“Como consecuencia de esta disposición, los promotores de este tipo de eventos con público masivo fueron los primeros en parar, y desde el punto de vista económico, y dado que en la mayoría de los casos estos eventos se organizan con meses de antelación, todas aquellas personas físicas y jurídicas que han invertido en la promoción de estos eventos, han quedado con deudas y eventos postergados”, expresa parte de la justificación del proyecto.

Los proyectistas aseguran que dichas cancelaciones son el resultado de una causal de “fuerza mayor”, por lo que proponen el presente marco legal, de carácter transitorio, para lidiar con esta situación y darle una salida jurídica a todas las partes.

Tras la aprobación, se dispuso que el documento sea remitido a la Cámara de Senadores para su estudio y consideración.

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